LOS DECRETOS DEL VATICANO II  
COMPARADOS CON LAS ANTERIORES  
ENSEÑANZAS DE LA IGLESIA*

EDUCACIÓN
                                                                                           

Decreto conciliar sobre la educación

El decreto aboga primero por una falsa libertad moral:

§ 1 «Declara igualmente este Sagrado Sínodo que los niños y adolescentes tienen derecho a ser alentados a considerar con una recta conciencia los valores morales y a abrazarlos por decisión personal...». (Nota del Ed.: esto es, ya no se les ha de enseñar un código absoluto del bien y del mal que tienen que aceptar).

En seguida, la declaración acepta el terrible estado de las escuelas modernas, las cuales se han convertido en una amalgama de errores de varias fuentes:

§ 5 «Además, [la escuela] constituye como un centro cuyo funcionamiento y progreso merecen la participación solidaria de las familias, los maestros, los diversos grupos culturales, cívicos y religiosos, la sociedad civil y toda la comunidad humana». (...los diversos grupos... religiosos: ¿no es esto el indiferentismo puesto en práctica?).

También se defiende el pluralismo:

§ 6 «Cualquier monopolio de las escuelas... se opone a los derechos nativos de la persona humana... y al pluralismo que hoy existe en muchas sociedades». (Aunque estemos de acuerdo en que el estado no deba ejercer un monopolio sobre la educación, deploramos esta aprobación del pluralismo).

Y parece aprobar implícitamente la asistencia a las escuelas públicas:

§ 7 «Es necesario que atienda con afecto particular y con su ayuda a los muchísimos que se educan en escuelas no católicas». (Aquí no se menciona la antigua práctica de la Iglesia de prohibir a sus hijos la asistencia a escuelas no católicas, las cuales son un peligro para la fe y la moral).

Por último, el decreto termina por elogiar la heterodoxia del pluralismo:

§ 7 «Por esta razón, la Iglesia aplaude a las autoridades y sociedades civiles que, respetando la naturaleza pluralista de la sociedad moderna, y tomando en cuenta el derecho a la libertad religiosa, ayudan de tal modo a las familias que les es posible educar a sus hijos en todas las escuelas y de acuerdo a las convicciones morales y religiosas de cada familia».

Decretos eclesiales sobre la educación

En contraposición a los errores ya enumerados se encuentra una multitud de enseñanzas papales: en particular, la magnífica carta encíclica Divini Illius Magistri, escrita en 1929 por Pío XI. En este documento, S.S. Pío XI condenó muchos errores que, aunque prevalezcan hoy más que nunca, el decreto conciliar pasa por alto.

Condena, verbigracia, el naturalismo en la educación y la falsa libertad moral:

«Así pues, es falso todo naturalismo pedagógico que de cualquier forma excluya o debilite la formación sobrenatural cristiana en la enseñanza de la juventud; y es insostenible todo método educativo basado, total o parcialmente, en la negación u olvido del pecado original y de la gracia, y, por consiguiente, en las solas fuerzas de la naturaleza humana. Tales son, generalmente, aquellos sistemas modernos de varios nombres, que apelan a una pretendida autonomía y libertad ilimitada del niño y que aminoran y hasta suprimen la autoridad y acción del educador, atribuyendo al niño una primacía exclusiva de iniciativa y una actividad independiente de toda ley superior, natural o divina, en la tarea de su educación».

La educación sexual está igualmente condenada:

«Demasiado extendido está el error de aquellos que, con peligrosas afirmaciones y con feo nombre, propagan la llamada educación sexual, imaginándose falsamente que podrán armar a la juventud contra los peligros de la sensualidad con medios puramente naturales, tales como una iniciación temeraria e instrucción preventiva para todos indiscriminadamente y hasta públicamente; y, peor aún, exponiéndolos a las ocasiones desde temprana edad, a fin de acostumbrarlos, así dicen ellos, y como para endurecerlos contra tales peligros».

Así como la coeducación:

«Igualmente erróneo y pernicioso a la educación cristiana es el método llamado de la ‘coeducación’, fundado también, según muchos de sus partidarios, en el naturalismo y la negación del pecado original; pero según todos, en una deplorable confusión de ideas que trueca la legítima convivencia de los sexos en una promiscuidad e igualdad niveladora. El Creador ha ordenado y dispuesto la convivencia perfecta de los dos sexos solamente en la unidad del matrimonio, y gradualmente separada en la familia y en la sociedad».

Y la educación secular y mixta (en total oposición al decreto conciliar):

«De aquí precisamente se sigue que es contraria a los principios fundamentales de la educación la escuela llamada “neutra” o “laica”, de la cual queda excluida la religión. Tal escuela, además, no es prácticamente posible, porque viene a hacerse irreligiosa. No es menester repetir cuanto acerca de este asunto han declarado Nuestros Predecesores, señaladamente Pío IX y León XIII, en cuyos tiempos particularmente comenzó el laicismo a predominar en la escuela pública. Nos renovamos y confirmamos sus declaraciones, y al mismo tiempo las prescripciones de los Sagrados Cánones en que la asistencia a las escuelas acatólicas, neutras o mixtas, es decir, las abiertas indiferentemente a los católicos y a los no católicos sin distinción, está prohibida a los niños católicos, y sólo puede tolerarse, únicamente a juicio del Ordinario, en determinadas circunstancias de lugar y tiempo y con especiales cautelas».

«Y no puede ni siquiera admitirse para los católicos la escuela mixta (peor si, siendo única, es obligatoria para todos), en la cual, aun dándoles, aparte, la instrucción religiosa, reciben la restante enseñanza de maestros no católicos junto con los alumnos acatólicos».

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