LOS DECRETOS DEL VATICANO II  
COMPARADOS CON LAS ANTERIORES  
ENSEÑANZAS DE LA IGLESIA*

LAS SAGRADAS ESCRITURAS
                                                                                           

La enseñanza del vaticano sobre las escrituras

Si el propósito del Concilio Vaticano Segundo había de realizarse, esto es, ocasionar una unión comprometedora con las otras religiones, y con los protesantes en particular, los Padres del concilio tendrían que promulgar decretos en los que asemejaban más de cerca su nueva religión con la de aquellos. Esto lo hicieron al publicar la «Constitución Dogmática sobre la Divina Revelación», documento que abre las puertas a nuevas interpretaciones, así como versiones variables, de las Escrituras. El resultado ha llevado ya a los innumerables errores y creencias contradictorias que vemos en el protestantismo.

Primero, el decreto conciliar declara que la Revelación contenida en las Escrituras está evolucionando.

§8 «Esta Tradición, que deriva de los Apóstoles, progresa en la Iglesia con la asistencia del Espíritu Santo: en ella hay un crecimiento en la comprensión de las palabras y realidades transmitidas, y ocurre de varias formas: por la contemplación y el estudio de los creyentes, que las meditan en su corazón; por aquella sensación íntima de las cosas espirituales que experimentan; por la predicación de los que han recibido, junto con el derecho de sucesión en el episcopado, el seguro carisma de la verdad. [N. del Ed.: esto de «seguro carisma de la verdad» atribuye, equivocadamente, una infalibilidad personal a todos los obispos; esto de ninguna manera es verdad]. Es decir, en el decurso de los siglos, la Iglesia avanza siempre hacia la plenitud de la verdad divina, hasta que las palabras de Dios se cumplan en ella».

Casi lo mismo se dice de las Escrituras, cuando el decreto sugiere que la Iglesia está continuamente haciendo nuevos juicios, basándose en las opiniones de los exégetas o «expertos en la Biblia».

§ 12 «Es deber de los exégetas trabajar, según estas reglas, hacia una mejor exposición y entendimiento del sentido de las Sagradas Escrituras, a fin de que sus estudios puedan ayudar a la Iglesia formarse un juicio más firme».

Lo citado es, en realidad, la mutilación de una frase tomada de la carta encíclica Providentisssimus Deus, del Papa León XIII, en la cual este verdadero Santo Padre distingue cuidadosamente entre los pasajes de la Escritura que no están definidos y aquellos que sí. El decreto conciliar omite esta distinción; habla, por el contrario, de la Escritura en general, llegando a enseñar de distinto modo que el Papa León XIII (c.f. la cita dada en la columna derecha).

En seguida, la constitución coloca a las Escrituras y a la Sagrada Eucaristía en el mismo plano, tal como lo hacen los protestantes.

§ 21 «La Iglesia siempre ha venerado las divinas Escrituras a la par que el Cuerpo del Señor, en cuanto que nunca cesa, sobre todo en la Sagrada Liturgia, de tomar el pan vivificador, tanto de la Palabra Divina como del Cuerpo de Cristo, y de ofrecerlo a los fieles».

Por último, esta constitución prepara el terreno para las muchas versiones heréticas y multidenominacionales de la Biblia que vemos hoy inundar las librerías religiosas.

§ 22 «Y si sucediera que, llegada la oportunidad, y con el beneplácito de las autoridades eclesiásticas, estas traducciones [de las Escrituras] se hagan con la colaboración de los hermanos separados, podrán ser utilizadas por todos los cristianos».

§ 25 «Han de prepararse, además, ediciones de la Sagrada Escritura, provistas de notas convenientes, para el uso hasta de los no cristianos, y adaptadas a sus circunstancias».

El resultado de estas adaptaciones y traducciones, hechas en colaboración con los protestantes, ha sido la devaluación, y aún la total negación de las sagradas verdades contenidas en la Escritura; lo cual ocasiona una pérdida de fe por parte de los ex-católicos.

Decretos eclesiales sobre las escrituras

En contraste al decreto conciliar del Vaticano II, la Iglesia Católica ha declarado que la Revelación contenida en la Escritura y la Tradición es inmutable:

«Acepto sinceramente la doctrina de la fe en el mismo sentido y siempre con el mismo significado que como nos fue transmitida por los Apóstoles a través de los Padres ortodoxos; y por tanto, rechazo enteramente la noción herética de la evolución de los dogmas, según la cual las doctrinas pasan de un sentido a otro ajeno al sostenido por la Iglesia desde el principio. Igualmente condeno todo error que indique que el depósito divino de la fe, confiado a la Esposa de Cristo para ser fielmente guardada por ella, pueda ser sustituído por un sistema filosófico o una invención de la mente humana, gradualmente refinada por los esfuerzos de los hombres y capaz de una eventual perfección por el progreso indefinido» (Juramento Contra los Errores del Modernismo, del Papa San Pío X, 1910). [Antes del Vaticano II, la Iglesia había ordenado que todos los candidatos a las Órdenes Mayores solemnemente profesaran este juramento; pero fue abolido por la iglesia conciliar porque no concordaba con sus enseñanzas modernistas.]

La Iglesia Católica identifica cuidadosamente los límites de los estudios e interpretaciones bíblicas:

« [...] la Iglesia no impide o coarta las búsquedas de las ciencias bíblicas, más bien las protege del error y colabora principalmente en su verdadero progreso. [...] Porque, por un lado, en esos pasajes de las Sagradas Escrituras que aún no han recibido una interpretación segura y definida, tales labores pueden, en la benigna providencia de Dios, preparar y producir una madurez en el juicio de la Iglesia; y por el otro, en los pasajes ya definidos, el erudito privado puede obrar en forma igualmente útil, ya exponiéndolos más claramente a la muchedumbre o más diestramente a los doctos, ya defendiéndolos más eficazmente contra los ataques hostiles. En consecuencia, la principal y más ardiente empresa del comentador católico ha de ser el explicar [en el sentido ya declarado] esos pasajes que han recibido una interpretación auténtica, sea de los mismos autores sagrados, inspirados por el Espíritu Santo [como ocurre en muchos lugares del Nuevo Testamento], o de la Iglesia, que está bajo la asistencia del mismo Espíritu Santo, en juicio solemne o por Magisterio ordinario y universal, y con todos los recursos científicos probar que las sanas leyes de la hermenéutica no admiten otra interpretación» (Providentissimus Deus del Papa León XIII).

Advierte León XIII que, aun cuando «los estudios de los heterodoxos, prudentemente utilizados, puedan aportarle algo al católico erudito, no obstante, debe tener bien en mente que, según nos enseñan los Padres en numerosos textos, no puede hallarse incorrupto el sentido de las Sagradas Escrituras fuera de la Iglesia ni en los escritores que, privados de la verdadera fe, sólo conocen su corteza pero nunca la médula» (Providentissimus Deus).

Por último, la Iglesia Católica toma precauciones extremas para asegurarse de que las versiones en lengua vernácula de las Escrituras sean enteramente ortodoxas:

«La experiencia ha mostrado claramente que, debido a la temeridad humana, si se permitiera la Sagrada Biblia en el lenguaje vernáculo sin distinción alguna, causaría más daño que bien: todas las versiones en lengua vulgar, aún las católicas, quedan prohibidas, a menos que tengan la aprobación de la Santa Sede o sean publicadas bajo el ojo vigilante de los obispos, con anotaciones de los Padres de la Iglesia y escritores eclesiásticos doctos.

«Todas las versiones de la Santa Biblia hechas por los no católicos, en cualquier lengua vulgar, quedan prohibidas; especialmente las publicadas por las sociedades bíblicas, que han sido más de una vez condenadas por los Romanos Pontífices, pues en ellas las sabias leyes de la Iglesia, concernientes a la publicación de los sagrados libros, son desechados por entero» (Sobre la Prohibición y Censura de los Libros del Papa León XIII).

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