COMO OVEJAS SIN PASTOR*
(MATEO, IX, 36) |
SOBRE EL DISCURSO DE JUAN PABLO II A
LOS REPRESENTANTES
DE LAS SOCIEDADES BÍBLICAS UNIDAS Y DE LA
FEDERACIÓN
MUNDIAL PARA EL APOSTOLADO BÍBLICO, 19/1/1986
Para ello debemos considerar dos presupuestos básicos:
En el discurso de Juan Pablo II que transcribimos completo, fotocopiado del citado número de "L 'Osservatore Romano", se observan dos contradicciones contra la Tradición:
Con referencia a la primera: Dice Juan Pablo II en el artículo citado:
Dice en cambio Su Santidad León XII (1823-1829) hablando de las versiones de la Sagrada Escritura (Encíclica "Ubi Primum" del 5 de mayo de 1824): "...La iniquidad de nuestros enemigos llega a tanto que, aparte del aluvión de libros perniciosos por sí mismo hostil a la religión, se esfuerzan también en convertir en detrimento de la religión las Sagradas Letras, que nos fueron divinamente dadas para edificación de la religión misma. No se os oculta, Venerables Hermanos, que cierta "Sociedad" vulgarmente llamada "Bíblica" recorre audazmente todo el orbe y, despreciadas las tradiciones de los Santos Padres, contra el conocidísimo decreto del Concilio Tridentino (Denzinger 786), juntando para ello sus fuerzas y medios todos, intenta que los Sagrados Libros se viertan o más bien se perviertan en las lenguas vulgares. de todas las naciones... Para alejar esta calamidad, nuestros predecesores publicaron varias constituciones (por ejemplo Pío VII Dz. 1602 y ss.) ... Nosotros también, conforme a nuestro cargo apostólico os exhortamos, Venerables Hermanos, a que os esforcéis a todo trance por apartar a vuestra grey de estos mortíferos pastos. Arguid, rogad, instad oportuna e importunamente, con toda paciencia y doctrina (II Tim. IV, 2) a fin de que vuestros fieles, adheridos al pie de la letra a las reglas de nuestra Congregación del Indice se persuadan que "si los Sagrados libros se permiten corrientemente y sin discernimiento en lengua vulgar, de ello ha de resultar por la temeridad de los hombres más daño que provecho". Esta verdad la demuestra la experiencia y, aparte otros Padres, la declaró San Agustín por estas palabras: "Porque no han nacido las herejías sino porque las Escrituras buenas son entendidas mal, y lo que en ellas mal se entiende, se afirma también temeraria y audazmente" (San Agustín, Comentario al Evangelio de S. Juan, T, 18 cap. 1, Patrología Latina 35, 1536). (Dz. 1607-8) De igual manera afirma Su Santidad Pío VII (1800-1823), en la Carta "Magno et Acerbo, al Arzobispo de Mohilev, del 3 de septiembre de 1816: "De grande y amargo dolor nos consumimos, apenas supimos el pernicioso designio, no hace mucho tomado, de divulgar corrientemente en cualquier lengua vernácula los libros sacratísimos de La Biblia, con interpretaciones nuevas y publicadas al margen de las salubérrimas reglas de la Iglesia, y ésas astutamente torcidas a sentidos depravados. Y, en efecto, por alguna de tales versiones que nos han sido traídas, advertimos que se prepara tal ruina contra la santidad de la más pura doctrina que fácilmente beberán los fieles un mortal veneno, de aquéllas fuentes de que debieran sacar aguas de saludable sabiduría (Eccli. XV, 3) ... Porque debieras haber tenido ante los ojos lo que constantemente avisaron tan bien nuestros predecesores, a saber: que si los sagrados Libros se permiten corrientemente y en lengua vulgar y sin discernimiento, de ello ha de resultar más daño que utilidad. Ahora bien, la Iglesia Romana que admite la sola edición Vulgata, por prescripción bien notoria del Concilio Tridentino (Dz. 785), rechaza las versiones de las otras lenguas y solo permite aquellas que se publican con anotaciones oportunamente tomadas de los escritos de los Padres y autores católicos, a fin de que tan grande tesoro no esté abierto a las corruptelas de las novedades y para que la Iglesia, difundida por todo el orbe, sea de un solo labio y de las mismas palabras (Gén. XI, 1). A la verdad, como en el lenguaje vernáculo advertimos frecuentísimas vicisitudes, variedades y cambios, no hay duda que con la inmoderada licencia de las versiones bíblicas se destruiría aquélla inmutabilidad que dice con los testimonios divinos, y la misma Fe vacilaría, sobre todo cuando alguna vez se conoce la verdad de un dogma por razón de una sola sílaba. Por eso los herejes tuvieron por costumbre llevar sus malvadas y oscurísimas maquinaciones a ese campo, para meter violentamente por insidias cada uno sus errores, envueltos en el aparato más santo de la Divina Palabra, editando biblias vernáculas... Ahora bien, si nos dolemos que hombres muy conspicuos por su piedad y sabiduría han fallado no raras veces en la interpretación de las Escrituras, ¿qué no es de temer si estas son entregadas para ser libremente leídas, trasladadas a cualquier lengua vulgar, en manos del vulgo ignorante, que las más de las veces no juzga por discernimiento alguno, sino llevado por cierta temeridad?... "Y conocidísimas son las Constituciones: (De Inocencio II) ... sino también de Pío IV, Clemente VIII y Benedicto XIV, en que se precavía que, de estar a todos patente y al descubierto la Escritura no se envileciera tal vez y estuviera expuesta al desprecio o, por ser mal entendida por los mediocres, indujera a error. En fin, cuál sea la mente de la Iglesia sobre la lectura e interpretación de la Escritura conózcalo clarísimamente su fraternidad por la preclara Constitución "Unigenitus" de otro predecesor nuestro, Clemente XI en que expresamente se reprueban aquellas doctrinas por las que se afirmaba que en todo tiempo, en todo lugar y para todo género de personas es útil y necesario conocer los misterios de la Sagrada Escritura, cuya lectura se afirmaba ser para todos y que es dañoso apartar de ella al pueblo cristiano, y más aún, cerrar para los fieles la boca de Cristo, arrebatar de sus manos el Nuevo Testamento (Proposiciones condenadas de Quesnell, 79-85, Dz. 1429 - 1435) Dz.1602 - 1603 - 1604 -1606. Afirma también Su Santidad Gregorio XVI (1831-1846), en la Encíclica "Inter Praecipuas", del 16 de mayo de 1844: "...Cosa averiguada es para nosotros que ya desde la edad primera del nombre cristiano, fue traza propia de los herejes, repudiada la palabra divina recibida y la autoridad de la Iglesia, interpolar por su propia mano las Escrituras o pervertir la interpretación de su sentido. Y no ignoráis, finalmente, cuanta diligencia y sabiduría son menester para trasladar fielmente a otra lengua las palabras del Señor; de suerte que nada por ello resulta más fácil que el que en esas versiones, multiplicadas por medio de las Sociedades Bíblicas se mezclen gravísimos errores por inadvertencia o mala fe de tantos intérpretes; errores, por cierto, que la misma, multitud y variedad de aquellas versiones ocultan durante largo tiempo para perdición de muchos. Poco o nada, en absoluto, sin embargo, les importa a tales sociedades bíblicas que los hombres que han de leer aquéllas biblias interpretadas en lengua vulgar caigan en éstos o aquellos errores, con tal de que poco a poco se acostumbren a reivindicar para sí mismos el libre juicio sobre el sentido de las Escrituras, a despreciar las tradiciones divinas que, tomadas de la doctrina de los Padres, son guardadas en la Iglesia Católica y a repudiar, en fin, el magisterio mismo de la Iglesia. "En las reglas que fueron escritas por los Padres designados por el Concilio tridentino, aprobadas por Pío IV y puestas al frente del Indice de los libros prohibidos, se lee por sanción general que no se permita la lectura de la Biblia publicada en lengua vulgar más que a aquellos para quienes se juzgue ha de servir para acrecentamiento de la fe y piedad. A esta misma regla, estrechada más adelante con nueva cautela a causa de los obstinados engaños de los herejes, se añadió finalmente, por autoridad de Benedicto XIV la declaración de que se tuviera en adelante por permitida la lectura de aquellas versiones vulgares que hubieran sido aprobadas por la Sede Apostólica o publicadas con notas tomadas de los Santos Padres de la Iglesia o de varones doctos y católicos... Todas las antedichas Sociedades Bíblicas, ya de antiguo reprobadas por nuestros antecesores, las condenamos nuevamente por autoridad apostólica..." (Dz. 1630-1632). Respecto a la segunda contradicción, dice Juan Pablo II en el citado discurso:
Dice en cambio Su Santidad Gregorio XVI en su Encíclica ya citada, hablando de las Sociedades Bíblicas: "Por tanto, sepan todos que se harán reos de gravísimo crimen delante de Dios y de la Iglesia todos aquellos que osaren dar su nombre a alguna de dichas Sociedades o prestarles su trabajo o de cualquier modo favorecerlas." (Dz. 1633). Sin considerar la condena de Su Santidad Pío IX en el Syllabus referida, entre otras, a las dichas Sociedades, en donde llama a sus doctrinas "pestilenciales". (Dz. 1718 a). Quiera Dios Nuestro Señor que los Pastores recapaciten acerca
de las malas hierbas de doctrinas novedosas, malas y confusas que brindan a sus
ovejas, de las cuales son responsables ante el terrible juicio de Dios, en
donde ya las palabras sobrarán para dejar lugar solo a su justicia eterna. |
NOTAS
* Tomado de "Credidimus Caritatis", febrero de 1986.