La Iglesia y el Liberalismo
Revista "ROMA", Nº 63-64
JUNIO-JULIO 1980


INTRODUCCIÓN

   Es propósito de ROMA que se ame y se obedezca al Magisterio del Papa en todos los órdenes. Dicho Sagrado Magisterio es la explicitación de los principios contenidos en la Tradición y las Escrituras, que son las fuentes de la Religión Católica, única verdadera, fuera de la cual no hay salvación.

   La Doctrina Social de la Iglesia es teocéntrica, o sea, coloca todo bajo la soberanía suprema de Dios Nuestro Señor. Cristo es Rey de los individuos, pero también de las sociedades. Mientras que las ideologías de la Revolución (1) son antropocéntricas, "humanistas", es decir, proponen como norma suprema del orden social a la mera voluntad humana, desligada de todo orden superior objetivo. En esto consiste la "liberación".

   En el liberalismo el individuo, en el socialismo el Estado, son los que fijan lo que está bien y lo que está mal, sin sujetarse para nada al Autor del bien ni a las leyes puestas por Él. No es difícil darse cuenta que tales teorías tendrán como norma el egoísmo, sea del individuo, sea de la facción que se apoderó del poder público, y que a la larga todo derecho objetivo desaparecerá. La historia lo prueba. Los estados que más se señalan en la actualidad en la defensa de los "derechos humanos", han suprimido el derecho más primario de todos, el de la vida, al autorizar el aborto, o sea, el homicidio del inocente. Siempre que algo moleste a la voluntad sin freno de los hombres es lícito suprimirlo, sostienen los revolucionarios. El "pueblo soberano" no admite superior. El orgullo no tolera limitación.

   La destrucción del criterio objetivo del bien que el liberalismo realizó, fue un antecedente de Lenin, quien sostuvo que decir la verdad es prejuicio burgués y que todo lo que ayuda a la revolución es moral, negando él también, al igual que los liberales, la existencia de la verdad y del error.

   Algunos han tachado de liberal al sistema económico respetuoso del derecho de la propiedad privada, quizás con la secreta intención de desprestigiar a este principio inherente a la Civilización Católica. Nada más falso; el derecho de propiedad personal, incluidos los medios de producción es un derecho natural, valedero para todas las épocas, conforme al Magisterio Pontificio. Es precisamente el liberalismo, al corroer todo el edificio social y pulverizar todo principio estable, el que abre la puerta a la estatización, colectivización o comunitarización de la propiedad, y también a la esclavitud total.

   El liberalismo es padre del socialismo. Esta paternidad, que denunciaron hace casi un siglo el gran Donoso Cortés y otros pensadores, es confesada por los mismos dirigentes de la Unión Soviética, quienes rinden culto a los "próceres" de la Revolución Francesa. La Revolución es una y tiene etapas. Lutero engendró a los jacobinos, éstos a Lenin, y este último a Cohn Bendit (2), por filiación natural.

   Por esto, para completar el estudio que presentamos a nuestros lectores, recomendamos vivamente la lectura atenta de la encíclica "Divini Redemptoris" en donde el Papa Pío XI declara al comunismo "intrínsecamente perverso".

   Al contrario de los liberales y marxistas, en la Sociedad Católica, los hombres se sujetan a Dios y a su Ley. Carecen de "derechos" para atentar contra lo que el Creador ha establecido, sea por la Revelación, sea por un orden natural impreso en la creación. Pero como Dios Nuestro Señor es autor de la verdad, de la belleza y del bien, esta sociedad es la única que puede proporcionar la felicidad a los hombres, a la vez que es la única que es justa, ya que da a cada uno lo que es suyo, a Dios lo de Dios y al César lo del César. Los hombres gozan en ella de la verdadera libertad, para labrarse la salvación con responsabilidad. Allí el poder público asegura las condiciones que facilitan la vida virtuosa y florece una civilización en que la vida merece vivirse. El lema del Estado Católico es la misma sentencia de la Anunciación : "Ecce ancilla Domini, fiat Mihi secundum verbum tuum" (3) y su Reina la que es modelo de humildad, la Santísima Virgen María.

   El Magisterio Pontificio constituye un cuerpo de doctrina coherente al que debe acatamiento, hasta interno, todo católico, aún cuando algunos documentos circunstanciales emanados de las más altas autoridades religiosas la contradigan. En ese caso hipotético, lo enseñado por la jerarquía eclesiástica no forma parte del Magisterio, sino es un error anticatólico. El hecho de documentos contradictorios del Magisterio de la Iglesia se ha dado en la historia, y dice el cardenal Cayetano, uno de los más ilustres teólogos católicos venerado por la Iglesia durante siglos, quien vivió en los siglos XV y XVI y fue uno de los máximos comentaristas de Santo Tomás y adversario de Lutero: "En cuanto al axioma, donde está el Papa y allí está la Iglesia, vale cuando el Papa se comporta como Papa y Jefe de la Iglesia en caso contrario, ni la Iglesia está con él, ni él con la Iglesia".

   El desconocimiento de lo que integra el Magisterio es una de las causas de la crisis actual.

   Por eso, por encontrar que es gran obra de caridad mostrar las verdades olvidadas, para disipar la confusión actual en que principios condenados por los Romanos Pontífices se presentan a la opinión pública como si fueran "voz de la Iglesia", presentamos este compendio de DOCTRINA DE LOS PAPAS (4). Alertando, a la vez, sobre la paradoja que por la vía liberal se llega a la esclavitud Comunista. Suplicamos a nuestros lectores que se tomen el trabajo de reunirse en círculo de estudio para meditar estos principios salvadores de la Sociedad (5).

   Se deja constancia que los Documentos Pontificios publicados no son íntegros. Se ha cuidado en reunir los pronunciamientos de los Papas que nos iluminan sobre estos temas tan olvidados, que trata este pequeño volumen de doctrina católica. Ponemos a éste bajo la protección de la Nuestra Madre Santísima, Mediadora de todas las gracias y Corredentora del género humano esperando que, por el advenimiento del reinado de su Corazón Inmaculado, reinen la verdad, la belleza y el bien en lo ancho de la tierra.

PIO VI

APARICIÓN DE LAS LIBERTADES MODERNAS

Alocución al Consistorio, 9 de marzo de 1789

   Los decretos dictados por los Estados generales de la nación francesa atacan y sacuden la Religión; usurpan los derechos de la Sede Apostólica, violan los tratados cerrados solemnemente. Estos males tienen por origen las falsas doctrinas contenidas en los escritos envenenados y corruptores que circulan de mano en mano. Para dar curso libre a estos escritos, para facilitar la publicidad e impresión de estos principios contagiosos, uno de los primeros decretos de la Asamblea asegura a cada individuo la libertad de pensamiento y de manifestarlo públicamente, incluso en materia religiosa, con impunidad y declara que ningún hombre puede ser obligado por leyes a las que no haya adherido. Después de esto, la Religión se vio cuestionada para saber si el culto Católico debía o no ser mantenido como religión dominante del Estado. 

LA LIBERTAD

   Cuarta Quod Aliquantum, 10 de marzo de 1791, de SS Pío VI al cardenal de la Rochefoucauld y a los obispos de la Asamblea Nacional.

   A pesar de los principios generalmente reconocidos por la Iglesia, la Asamblea Nacional se ha atribuido el poder espiritual, habiendo hecho tantos nuevos reglamentos contrarios al dogma y a la disciplina. Pero esta conducta no asombrará a quienes observen que el efecto obligado de la constitución decretada por la Asamblea es el de destruir la religión católica y con ella, la obediencia debida a los reyes. Es desde este punto de vista que se establece, como un derecho del hombre en la sociedad, esa libertad absoluta que asegura no solamente el derecho de no ser molestado por sus opiniones religiosas. sino también la licencia de pensar, decir, escribir, y aun hacer imprimir impunemente en materia de religión todo lo que pueda sugerir la imaginación más inmoral; derecho monstruoso que parece a pesar de todo agradar a la asamblea de la igualdad y la libertad natural para todos los hombres. Pero, ¿es que podría haber algo más insensato que establecer entre los hombres esa igualdad y esa libertad desenfrenadas que parecen ahogar la razón, que es el don más precioso que la naturaleza haya dado al hombre, y el único que lo distingue de los animales?

   ¿No amenazó Dios de muerte al hombre si comía del árbol de la ciencia del bien y del mal después de haberlo creado en un lugar de delicias? y con esta primera prohibición, ¿no puso fronteras a su libertad? Cuando su desobediencia lo convirtió en culpable, ¿no le impuso nuevas obligaciones con las tablas de la ley dadas a Moisés? y aunque haya dejado a su libre arbitrio el poder de decidirse por el bien o el mal, ¿no lo rodeó de preceptos y leyes que podrían salvarlo si los cumplía?

   ¿Dónde está entonces esa libertad de pensar y hacer que la Asamblea Nacional otorga al hombre social como un derecho imprescindible de la naturaleza? Ese derecho quimérico, ¿no es contrario a los derechos de la Creación suprema a la que debemos nuestra existencia y todo lo que poseemos? ¿Se puede además ignorar, que el hombre no ha sido creado únicamente para sí mismo sino para ser útil a sus semejantes? Pues tal es la debilidad de la naturaleza humana, que para conservarse, los hombres necesitan socorrerse mutuamente; y por eso es que han recibido de Dios la razón y el uso de la palabra, para poder pedir ayuda al prójimo y socorrer a su vez a quienes implorasen su apoyo. Es entonces la naturaleza misma quien ha aproximado a los hombres y los ha reunido en sociedad: además, como el uso que el hombre debe hacer de su razón consiste esencialmente en reconocer a su soberano autor, honrarlo, admirarlo, entregarle su persona y su ser; como desde su infancia debe ser sumiso a sus mayores, dejarse gobernar e instruir por sus lecciones y aprender de ellos a regir su vida por las leyes de la razón, la sociedad y la religión, esa igualdad, esa libertad tan vanagloriadas, no son para él desde que nace más que palabras vacías de sentido.

   "Sed sumisos por necesidad", dice el apóstol San Pablo (Rom. 13, 5). Así, los hombres no han podido reunirse y formar una asociación civil sin sujetarla a las leyes y la autoridad de sus jefes. "La sociedad humana", dice San Agustín (S. Agustín, Confesiones), "no es otra cosa que un acuerdo general de obedecer a los reyes"; y no es tanto del contrato social como de Dios mismo, autor de la naturaleza, de todo bien y justicia, que el poder de los reyes saca su fuerza. "Que cada individuo sea sumiso a los poderes", dice San Pablo, todo poder viene de Dios; los que existen han sido reglamentados por Dios mismo: resistirlos es alterar el orden que Dios ha establecido y quienes sean culpables de esa resistencia se condenan a sí mismos al castigo eterno.

   Pero para hacer desvanecer del sano juicio el fantasma de una libertad indefinida, sería suficiente decir que éste fue el sistema de los Vaudois y los Beguards condenados por Clemente V con la aprobación del concilio ecuménico de Viena: que luego, los Wiclefts y finalmente Lutero se sirvieron del mismo atractivo de una libertad sin freno para acreditar sus errores: "nos hemos liberados de todos los yugos", gritaba a sus prosélitos ese hereje insensato. Debemos advertir, a pesar de todo, que al hablar aquí de la obediencia debida a los poderes legítimos, no es nuestra intención atacar las nuevas leyes civiles a las que el rey ha dado su consentimiento y que no se relacionan más que con el gobierno temporal que él ejerce. No es nuestro propósito provocar el restablecimiento del antiguo régimen en Francia: suponerlo, sería renovar una calumnia que ha amenazado expandirse para tornar odiosa la religión: no buscamos, ustedes y nosotros, más que preservar de todo ataque los derechos de la Iglesia y de la sede apostólica.

LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE

Encíclica Adeo nota, 23 de abril de 1791 - De SS Pío VI al obispo de Aleria.

   Para la ciudad de Carpentras y las otras comunidades del Condado, que nos han dado lugar a esperar que no tardarían en volver al deber. Si bien hubieron en efecto formado una asamblea representativa, no solamente recibieron al vicedelegado que los nativos de Avignon habían echado y a Jean Celestino que nosotros enviamos de Roma, sino que además declararon solemnemente el 27 de mayo del año pasado que adoptarían de la constitución francesa solo aquello que conviniera a sus intereses, a su país y a las circunstancias y pudiera conciliarse con la obediencia que nos deben a nosotros como a su soberano, de la que aseguran no haber querido nunca apartarse. Pero, poco después, por efecto de la violencia, las complacencias y las estratagemas de los revoltosos de Avignon, demostraron que el respeto que expresaban testimoniar por Nosotros y por Nuestros ministros era poco sincero, ya que todos sus esfuerzos no tendieron más que a hacer aprobar, sancionar y ejecutar por Nosotros y Nuestros ministros la constitución francesa en su totalidad, tanto en materia civil como eclesiástica.

   Es inútil hablar aquí en detalle de todas las deliberaciones que se realizaron en la asamblea del Condado. Nos es suficiente recordar:

   I) Los 17 artículos sobre los derechos del hombre que son una repetición fiel a la declaración hecha por la Asamblea nacional de Francia de esos mismos derechos, tan contrarios a la religión y a la sociedad y que la Asamblea del Condado adoptó para hacer la base de su nueva Constitución.

   (II) Otros 19 artículos que eran los primeros elementos de esa nueva Constitución y que habían sido extraídos de la Constitución de Francia. Ahora bien, como era imposible que consintiéramos en sancionar deliberaciones de esta índole y que Nuestros ministros, cualesquiera que fuesen, las pusieran en ejecución, la Asamblea representativa del Condado no pensó más desde entonces constreñirse a ellas.

LA CONSTITUCIÓN DE 1814

   Carta apostólica. Post tam dinturnas, 29 de abril de 1814. -De S.S. Pío VII a Monseñor de Boulagne, obispo de Troyes.

   Nuestra alegría se nubló bien pronto y dejó lugar a un gran dolor cuando vimos la nueva constitución del reino, decretada por el Senado de París y publicada en los diarios. Habíamos esperado que con el favor de la revolución recién hecha, la religión católica no solamente sería liberada de todas las trabas que se le habían impuesto en Francia, a pesar de nuestras constantes reclamaciones, sino que además, se aprovecharían las circunstancias tan favorables para restablecerla con todo esplendor y proveer su dignidad. Ahora bien, hemos advertido en primer lugar que en la constitución mencionada, la Religión Católica ha sido ignorada y no se hace mención ni siquiera de Dios Todopoderoso por quien reinan los reyes y mandan los príncipes.

   Vos comprenderéis, venerables Hermanos, que semejante omisión nos ha provocado aflicción, pena y amargura a Nosotros, a quienes Jesucristo, Hijo de Dios Nuestro Señor, nos ha encomendado el supremo gobierno de la sociedad cristiana. Y, ¿cómo no estar desolados? Esta Religión Católica establecida en Francia desde los primeros siglos de la Iglesia, sellada en este reino con la sangre de tantos mártires gloriosos, profesada por la mayor parte del pueblo francés que, con coraje y constancia mantuvo con ella un invencible lazo a través de las calamidades, las persecuciones y los peligros de los últimos años; esta religión, finalmente, que reconoce públicamente la línea de descendencia a la que pertenece el rey designado y que siempre la ha defendido celosamente, no solamente no fue declarada la única acreedora en toda Francia al derecho del apoyo de la ley y la autoridad del gobierno sino que fue enteramente omitida en el acto mismo de restablecimiento de la monarquía.

   Un nuevo motivo de pena que nos aflige aún más vivamente y que, reconocemos, nos: atormenta, nos agobia y nos colma de angustia es el artículo 22 de la Constitución (6). En él, no solo se permite la libertad de cultos y de conciencia, para servirnos de los mismos términos, sino que se promete apoyo y protección a esa libertad y además a los ministros de esos supuestos cultos. Por cierto no hay necesidad de tantas explicaciones, dirigiéndonos a un obispo como vos, para haceros saber con claridad la herida mortal que se infringe a la religión católica en Francia con este artículo. A causa del establecimiento de la libertad de cultos sin distinción alguna, se confunde la verdad con el error y se coloca en la misma línea de las sectas herejes y aún de la perfidia judaica a la Esposa santa e inmaculada de Cristo, la Iglesia, sin la cual no existe la salvación. En otras palabras, prometiendo favor y apoyo a las sectas herejes y no a sus ministros, se tolera y favorece no sólo a las personas, sino también a sus errores. Esta es, implícitamente, la desastrosa y por siempre deplorable herejía que San Agustín menciona en estos términos: "Ella afirma que todos los herejes están en la buena senda y dicen la verdad, absurdo tan monstruoso que no puedo creer que una secta lo profese realmente" (7).

   Nuestro estupor y nuestro dolor no han sido menores cuando leímos el artículo 23 de la constitución, que permite y defiende la libertad de prensa (8), libertad que amenaza la fe y las costumbres con enormes peligros y una certera ruina. Si alguien dudare, la experiencia de épocas pasadas será de por sí suficiente para enseñarle. Es un hecho plenamente constatado: la libertad de prensa ha sido el instrumento principal que ha depravado las costumbres de los pueblos en primer lugar, luego ha corrompido y abatido su fe y finalmente ha soliviantado la sedición, la agitación popular y las revueltas. Estos desgraciados resultados podrían temerse todavía, vista la maldad del hombre, si, Dios no lo quiera, se acordase a cada uno la libertad de imprimir todo lo que quisiere.

   Otros puntos de la nueva constitución del reino, han sido también motivo de aflicción para nosotros: en particular los artículos 6º, 24 y 25. No expondremos en detalle nuestras opiniones al respecto. Vuestra Fraternidad, no dudamos, discernirá fácilmente la tendencia de esos artículos. 

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