TERCERA LECCIÓN
EL SUPREMO
DOMINIO DE JESUCRISTO
SOBRE TODA SOCIEDAD
Y NACIÓN
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19. ¿Podría usted
decirme el segundo artículo del Credo?
"Creo
en Jesucristo, Nuestro Señor". Y en el Credo de la Misa se
dice: "Creo en un solo Señor, Jesucristo, Hijo único de Dios,
Dios de Dios, que se encarnó en el seno de la Virgen María, y se
hizo hombre por nosotros".
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20. ¿Existe una relación
especial entre la Santísima Humanidad de Jesucristo y el Orden Social
establecido en este mundo?
Sin
lugar a dudas. El hombre es creado de tal modo que es hecho para la
Sociedad. Por su naturaleza y condiciones de existencia es llamado a
vivir en Sociedad. Jesucristo se ha hecho hombre para conducir al
hombre hacia su Eterna Bienaventuranza. Así pues, el Divino
Redentor debe tener una influencia efectiva sobre todas las
condiciones entre las cuales debe conducir al hombre hacia su fin;
pero el hombre, siendo hecho para la Sociedad, debe tender hacia su
fin en tanto que es ser social, esto es, Por medio de la Sociedad
para la que ha sido hecho. Esta no puede ser un fin supremo, sino un
simple medio. Para se medio, debe estar santificada y ser
santificante. Esto no se obtiene sino por medio de la Santa
Humanidad de Cristo y en Cristo. Por esto es evidente que debe
existir una relación especial entre la Santa Humanidad de Cristo y
el Orden Social establecido en el mundo.
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21. Pero,
¿por qué hablar de Cristo en particular? ¿Acaso no es Dios? Por
consiguiente, ¿no es verdad que ya se le aplica todo lo que se dijo sobre
Dios?
Por supuesto, Todo lo que se ha dicho de Dios, se Aplica al Verbo
Eterno, hecho hombre por nosotros. Jesucristo es Dios; luego toda
Sociedad depende de El con una dependencia suprema y absoluta. Sin
embargo, se debe recordar que en Jesucristo sólo hay una persona y
dos naturalezas: la Persona del Verbo y las Naturalezas divina y
humana.
La Persona del Verbo asumió y se unió hipostáticamente a la
naturaleza humana. De esta manera, la naturaleza humana de Cristo no
subsiste sino en el Verbo; en Jesucristo reviste condiciones del
todo especiales.
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22. ¿Cuáles son las
condiciones especiales que posee la Santa Humanidad de Cristo en razón de
la dignidad que le creó su unión Hipostática?
Las
acciones de Cristo son divinas. Esta consecuencia proviene del hecho
que todos los actos se atribuyen a la persona. Como en Jesucristo sólo
hay una persona, no dos, todos los actos de la naturaleza humana son
atribuidos a la persona divina.
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23. Pero
Jesucristo, ¿no es al mismo tiempo Redentor?
Jesucristo es Redentor. Redimió al género humano por su naturaleza
humana. En esta naturaleza, El es Mediador entre la Trinidad y el
hombre. Para defender los poderes especiales y la misión de la que
fue revestido Jesucristo-hombre, no deben perderse de vista las
condiciones dadas al Divino Maestro en su calidad de
Hombre-Mediador. Es verdadero Dios y es verdadero Hombre. En tanto
que Dios no depende de nadie, no tiene nada que recibir de nadie y
todo depende de El. En tanto que hombre, todo lo debe recibir de
Dios, al igual que toda creatura, pero
en condiciones especiales.
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CUARTA LECCIÓN
CONDICIONES
Y SENTIDO EXACTO
DE LA
REALEZA DE JESUCRISTO
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24. ¿Cuál es la condición
fundamental de la Realeza Social de Jesucristo?
La condición esencial de la Realeza Social de Jesucristo es la
voluntad formal de la Santísima Trinidad de dar a Jesucristo-Hombre un
verdadero y absoluto poder real. No se trata aquí de los Derechos del Verbo de
Dios, que son infinitos, sino de los Derechos y Poderes que Dios da a la Santa
Humanidad asumida por el Verbo.
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25. ¿Nos dio a conocer Dios su
Voluntad a este respecto?
Sin ninguna duda. En la Encíclica "Quas
Primas" el Papa Pío XI nos da dos pruebas que indican
la Voluntad divina sobre
este
tema.
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26. ¿Cuáles son estas dos pruebas?
El Papa Pío XI expone así la primera prueba: "San Cirilo
de Alejandría nos describe acertadamente el fundamento de esta
dignidad y de este poder de Nuestro Señor: Posee
Cristo el poder supremo sobre toda la creación, no por violencia ni
por usurpación, sino en virtud de su misma esencia y naturaleza. Es
decir, la autoridad de Cristo se funda en la admirable unión hipostática.
De donde se sigue que Cristo no sólo debe ser adorado como Dios por
los ángeles y por los hombres, sino que, además, los ángeles y
los hombres deben sumisión y obediencia a Cristo en cuanto hombre;
en una palabra, por el solo
hecho de la unión hipostática,
Cristo tiene potestad universal sobre la creación".
Este es el pensamiento
del Papa sobre el tema: la unión hipostática de
la naturaleza humana con la persona del Verbo, confiere a la
naturaleza humana asumida en Jesucristo, una dignidad tal que
transciende toda otra dignidad de la que pueda ser revestida una
naturaleza humana. No sería admisible ni aceptable que se pudiese
poner al lado de la naturaleza humana asumida por el Verbo una
dignidad que, en derecho, pudiera reclamar una superioridad sobre
Cristo‑Hombre. No sería admisible que un Príncipe, una Cámara
legislativa, pudieran declararse efectiva y jurídicamente
superiores a Aquel que Dios a revestido de la prerrogativa
trascendente de la Unión hipostática. Esta es el fundamente
primero y esencial del poder real atribuido a Jesucristo. |
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27. Exponga el segundo
fundamento doctrina de la Verdad enseñada por Pío XI.
Pío
XI continúa diciendo: "Por otra parte, ¿hay realidad más dulce
y consoladora para el hombre que el pensar que Cristo reina sobre
nosotros, no sólo por un derecho de naturaleza, sino además por un
derecho de conquista adquirido, esto es, el derecho de redención? Ojalá
los hombres olvidadizos recordasen el gran precio con que nos ha rescatado
nuestro Salvador: Habéis sido rescatados... no con plata y oro
corruptibles, sino con la sangre preciosa de Cristo, ofrecido como cordero
sin defecto ni mancha. Ya no somos nuestros, porque Cristo nos ha comprado
a precio grande. Nuestros mismos cuerpos son
miembros de Cristo”.
Y este es el pensamiento del Papa. Toda creatura
pertenece a Dios. El hombre se había perdido por el pecado y no tenía
con qué pagar por él. Jesucristo, Verbo de Dios hecho Hombre, se encargó
de pagar El mismo esta deuda con su Sangre divina. A su vez, la Santísima
Trinidad le dio en recompensa todo el género humano y toda creatura
y le concedió especialmente a El, el privilegio de formar un solo cuerpo
y una sola cosa con todos los hombres que se le uniesen por la gracia. |
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28. ¿Dio a conocer Jesucristo las
intenciones de la Santísima Trinidad acerca de su poder real?
Jesucristo,
con majestad enteramente divina, ante el mundo entero y ante todos
los siglos, declaró: "Todo poder me ha sido dado en el
Cielo y sobre la tierra".
(S. Mat. 28, 18). Obsérvese que el poder
del que habla le ha sido dado, luego obtuvo este poder. En segundo
lugar nótese que le ha sido dado todo poder. Luego no existe en la
tierra ningún poder que no sea de Cristo. El poder le ha sido dado por la
Santísima Trinidad; y por consiguiente el poder de los Reyes, Príncipes
y de toda autoridad constituida es Poder de Cristo. Así nos lo explica
San Pablo: "Non est potestas
nisi a Deo”:
"No hay potestad que no venga de Dios" (Rom.
13, t). Este es el origen del poder. Todo poder viene de Dios y no puede
venir sino de El. Todo poder ha sido confiado a Cristo; luego todo poder
pasa por Cristo y de El procede.
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29. ¿Se puede deducir
de lo dicho que Jesucristo ejerce un verdadero poder sobre toda sociedad?
La
respuesta a esta pregunta es totalmente afirmativa. Primeramente,
como lo dice el Papa León XIII, la autoridad pertenece
esencialmente como cosa propia a toda sociedad. Sin autoridad no
puede existir una sociedad. Toda Sociedad se rige por la autoridad.
Si se establece una relación entre estas verdades se debe concluir
lo siguiente: la autoridad que se halla en una sociedad o en un
país determinados proviene de Jesucristo: de El procede y de
El depende. Luego esta autoridad es necesariamente de una naturaleza
tal que debe estar sometida a Cristo. Por el hecho mismo, Jesucristo
es el verdadero Rey de las Sociedades, cuya autoridad le pertenece.
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30. El Papa Pío XI
habla también de un poder legislativo, ejecutivo y judicial. ¿Cristo está
revestido también de este triple poder?
Por supuesto, ya que no puede comprenderse un
poder que no gozase de la prerrogativa de hacer leyes, juzgar y
condenar. Este triple poder es una consecuencia necesaria de la
autoridad de la que Jesucristo fue revestido por Dios.
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31. ¿Puede hablarse
todavía de otra razón que justifique la Realeza Social de Jesucristo?
Sí; por la naturaleza misma de toda Sociedad, y especialmente de
su finalidad, vemos una nueva prueba de la Realeza Social de Jesucristo sobre
todo Orden Social.
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32. ¿No es la
autoridad la que establece el fin de la Sociedad?
Sin duda alguna. Reconocer que la autoridad existe en una sociedad
es afirmar que esta autoridad debe conducir la sociedad hacia su
fin. Este fin está determinado por la unión de las voluntades que
tienden a realizarlo. El fin de una sociedad puede considerarse bajo
su ángulo especial y propio. Este ángulo especial nunca podrá
permitir que se pierda de vista el fin sumo y último. Si de hecho
la autoridad tiene por misión el conducir la Sociedad que gobierna
hacia su fin, es evidente que la autoridad que procede de Cristo -y
no es inútil insistir, toda autoridad procede de El- debe tener por
fin último el mismo fin de la vida y muerte de Jesucristo. Es
imposible que Jesucristo quisiera delegar a alguien una autoridad
sobre la que no conservase su propia autoridad para lograr el fin de
su Redención. Del mismo modo, le es imposible renunciar en lo más
mínimo a la autoridad sobre los medios que debe emplear la Sociedad
para alcanzar su fin, o sobre las voluntades que se han unido en
Sociedad.
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