PROGRAMA PARA LAS FAMILIAS EN CRISIS

 

ALTERNATIVAS PARA LAS JURISDICCIONES QUE CARECEN DE JUZGADO DE FAMILIA

 

En el inicio de este programa en el año 1997, se organizó la tarea desde la necesidad que surgía en los casos que llegaban cotidianamente a las Defensoría de la Ciudad de Paraná. Cabe aclarar que en nuestra provincia no existe el fuero de familia y que por tanto los conflictos familiares sometidos a decisión judicial tienen el tratamiento ordinario que prevé el ordenamiento procesal para cualquier diferendo privado.

Evaluada esa etapa de trabajo con los Defensores, se observa que en un semestre concurren a Defensoría alrededor de 3.000 familias y que sólo se derivaron al Programa el 1,2%, lo que nos permite concluir : a ) la estructura judicial no está acostumbrada al trabajo interinstitucional e interdiciplinario, intentando resolver las situaciones sólo desde lo legal, b) nuestras familias tampoco están acostumbradas a confiar sus problemas a profesionales que le ayudaran a superarlos, quieren una solución rápida desde un lugar de autoridad para garantizarle que la misma se cumplirá.

Ante esta realidad se resuelve , intentando aprovechar los recursos existentes, y ante la ausencia de Juzgados de Familia elaborar en forma conjunta con algunos Jueces Civiles y Comerciales que entienden en asuntos de familia una propuesta de trabajo intedisciplinar.Esta  propuesta se esta llevando a cabo en el año 1999.-

 

 

 

 

 

PROPUESTA DE ABORDAJE INTERDISCIPLINARIO DE LAS CRISIS FAMILIARES DESDE LOS JUZGADOS CIVILES

 

1-   INTRODUCCION

 

"La Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación apunta permanentemente a que la mejor forma de aplicar la ley es haciendo una justicia concreta, que tenga como prioridad los resultados obtenidos en el respeto del derecho. Y el Juez árbitro, por la fuerza misma de los hechos, se va transformando en el magistrado que acompaña y entrena a toda una comunidad en crisis (sea esta comercial, laboral o de cualquier otra índole), para que el derecho de todos sea mejor respetado, en el entendimiento de que esto último sólo se logrará si la comunidad entera supera esa crisis pasando a una etapa de organización superior, más rica, más compleja y más productiva." (Cárdenas)

 

2-   FUNDAMENTACION

 

     La carencia de Juzgados de Familia que aborden con exclusividad esta temática particular que es la familia en situaciones conflictivas, la diversidad de asuntos que atienden los Juzgados Civiles y Comerciales, acentuado por la falta de organismos que presten un servicio a la familia en estas circunstancia, conduce  a que en el Poder Judicial se manifieste la mayor cantidad de situaciones familiares conflictivas  y sean abordadas sólo desde una perspectiva jurídica, siendo que la mayor parte de los componentes de esta problemática son de órdenes distintos.

     Esto nos lleva a esta propuesta, de búsqueda de caminos alternativos a lo instituido, aprendiendo nuevas formas de abordar la compleja realidad que presenta hoy la dinámica familiar, contemplando la complementariedad de enfoques (jurídico, psicológico, social) que convoca para su comprensión a múltiples miradas.

     Durante mucho tiempo, nuestra sociedad vivió el divorcio como "traumático para la familia y en especial para los hijos", sin embargo hoy, esta idea de pérdida como factor patógeno comparable a la muerte de un progenitor ha ido evolucionando a la de organización de la familia en el post-divorcio y los nuevos enfoques se centran en la organización presente y futura del sistema familiar.

     Entendemos que el divorcio en sí mismo no es traumático ni patológico, sí trae aparejado inevitablemente una gran crisis. A veces la desorganización necesaria para estas transformaciones puede resultar intolerable de tal manera que la familia se congela en este proceso y es en estas circunstancias  cuando nos encontramos ante una familia incapaz por si misma de superar esta crisis.

     Por esto el objetivo frente a la crisis existente, en la cual se plantea el divorcio como desenlace, es intentar que esta sea lo menos conflictiva posible, que represente una solución, es decir una decisión de algo para un mejor vivir, y no una continuación de los conflictos existentes pero en otro nivel de materialización.

     Es sobre esta organización donde podemos actuar preventivamente, para que ambos progenitores continúen responsabilizándose por sus hijos pese al cataclismo que ellos experimentan en sus

vidas, ayudándolos a sostener  la continuidad de la pareja parental ante la ruptura de la pareja marital.

     Parafraseando a Usandivaras proponemos en vez de que "hasta que la muerte nos separe" .."hasta que la madurez de nuestros hijos nos separe..."

     En esta cuestión, el Ministerio Pupilar tiene un especial interés, desde que si vigilamos el respeto de los principios: del superior interés del niño; de la necesidad de preservar las relaciones familiares; y de la educación para alzar la mayoría con el cien por cien de las posibilidades desarrolladas (art. 3, art. 8, art. 29, 1, a, de la Convención de los Derechos del Niño, art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional). 

     Es importante introducir la idea de pilotaje del proyecto, en tanto que un mecanismo de consecuencias relevantes para la familia y para la decisión del juez debe estar en permanente ajuste con respecto a su modalidad operativa.

     A partir de los resultados de una experiencia piloto es posible generalizar la práctica y adoptarla con los ajustes necesarios, de tal manera que debiera incluir una fuerte capacitación del equipo y un sistema de seguimiento permanente de los resultados de su gestión.

 

3- OBJETIVOS

 

3.1- INSTITUCIONALES:

 

Priorizar en lo institucional, como necesidad, la creación de un Juzgado de Familia, en atención al tipo de conflictos y a la especialidad del Magistrado.

 

3.2 De  INTERVENCION:

 

                     * Lograr una  aproximación diagnóstica de la situación familiar con el fin de aportar al Juez elementos que le posibiliten una mirada más abarcativa e integral de la misma.

 

                    * Brindar contención y orientación a una familia en situación de crisis desde los distintos aspecto psicológico, social, psicopedagógico.

                  

                    * Generar un espacio de contención y diálogo que posibilite a la familia apropiarse de esta nueva realidad familiar y la asunción de nuevos roles.

 

                    * Posibilitar estrategias que permitan una mejor organización familiar ante la ruptura del vínculo de pareja.

 

                    * Promover la capacidad para reorganizarse negociando los cambios exigidos por la separación de manera tal que se resguarde el desarrollo de sus miembros más vulnerables, los hijos.

 

                    * Generar con los hijos un espacio de contención y reflexión donde puedan transitar la separación de sus padres, trabajando sobre los miedos, la culpa, el temor a la pérdida del progenitor no conviviente, etc.

 

3.3- de INVESTIGACION:

 

                    * Indagar sobre la incidencia que tienen los trámites de divorcio sobre la ruptura de las relaciones parentales y como se refleja ello en el proceso de crecimiento, personalización e identidad de los hijos.

                    *Evaluar la incidencia de la intervención interdisciplinaria en las situaciones de divorcio.

 

 

 

4- METODOLOGIA DE TRABAJO

 

MOMENTOS:

 

A - TRAMITE DEL JUZGADO:

 

A.1 ) Selección a cargo del Juez de los casos en que se intervendrá

 

A.2) Comunicación a las partes de la intervención del equipo interdisciplinario.

 

A.3) Si las partes están de acuerdo lo comunicarán al Juzgado y el organismo Jurisdiccional suspenderá los plazos por un término no mayor a 60 días.

 

A.4) Se remitirá al equipo interdisciplinario copia de la resolución, indicando datos personales de las partes, miembros familiares involucrados y letrados intervinientes. El expediente quedará en el Juzgado.

 

A.5) Pasados los 60 días o venidos en su caso antes los informes del Equipo, se proseguirá por el Juzgado  con el trámite procesal que corresponda.

 

A.6) La intervención del equipo interdisciplinario podrá ser dispuesta por el Juez en cualquier estado de la causa y/o sus incidentes.

 

A.7) Sin perjuicio del trámite determinado en los casos que las partes estén de acuerdo, el Juez conserva la facultad de disponer de oficio la Intervención del Equipo conforme las facultades del art.33 del C.P.C.

 

A.8) El Juzgado publicitará en lugares visibles del organismo la Prueba Piloto, instruirá al personal sobre el procedimiento y entregará material informativo a los profesionales que lo requieran.

 

 

B) INTERVENCION DEL EQUIPO INTERDISCIPLINARIO

 

B.1)- Recepción de los datos del expediente, y lectura conjunta del mismo por parte del equipo.

 

B.2)- Contacto con profesionales que han intervenido previamente y de ser necesario coordinación con escuelas de los niños, etc.

 

B.3)- Momento de reflexión , evaluación y elaboración de la estrategia de intervención.

 

B.4)- Visita domiciliaria al grupo familiar a fin de establecer un primer contacto y citar al grupo familiar a las entrevistas

 

B.5) Entrevistas diagnósticas y de orientación con el grupo familiar. En el caso de los menores se utilizarán las siguientes técnicas: entrevistas, testificaciones, observación sistemática, hora de juego diagnóstica.

 

B.6)- Momento de reflexión, evaluación diagnóstica, intervención específica (orientación, derivación, etc.)

 

B.7)- Elaboración del informe al Juez.

 

 

 

5- EQUIPO RESPONSABLE:

 

*   Coordinadora: Lic. en  Servicio Social Marisa G. Paira

 

*   Psicóloga Mónica G. Cosenza

 

*   Psicóloga Alfonsina Vesco