Magisterio de la Iglesia

Mirari vos
Carta Encíclica

7. Ser fieles a la tradición de la Iglesia.
     Desconfiar del espíritu de novedad.

   Bien cumpliréis vuestro deber si, como lo exige vuestro oficio, vigiláis tanto sobre vosotros como sobre vuestra doctrina, teniendo presente siempre, que toda la Iglesia sufre con cualquier novedad[1], y que, según consejo del pontífice San Agatón, nada debe quitarse de cuanto ha sido definido, nada mudarse, nada añadirse, sino que debe conservarse puro tanto en la palabra como en el sentido[2]. Firme e inconmovible se mantendrá así la unidad, arraigada como en su fundamento en la Cátedra de Pedro para que todos encuentren baluarte, seguridad, puerto tranquilo y tesoro de innumerables bienes allí mismo donde las Iglesias todas tienen la fuente de todos sus derechos[3]. Para reprimir, pues, la audacia de aquellos que, ora intenten infringir los derechos de esta Sede, ora romper la unión de las Iglesias con la misma, en la que solamente se apoyan y vigorizan, es preciso inculcar un profundo sentimiento de sincera confianza y veneración hacia ella, clamando con San Cipriano, que en vano alardea de estar en la Iglesia el que abandona la Cátedra de Pedro, sobre la cual está fundada la Iglesia[4].

8. Fidelidad de los Obispos al Sumo Pontífice y de los Presbíteros a los Obispos

   Debéis, pues, trabajar y vigilar asiduamente para guardar el depósito de la fe, precisamente en medio de esa conspiración de impíos, cuyos esfuerzos para saquearlo y arruinarlo contemplamos con dolor. Tengan todos presente que el juzgar de la sana doctrina, que los pueblos han de creer, y el régimen y administración de la Iglesia universal toca al Romano Pontífice, a quien Cristo le dio plena potestad de apacentar, regir y gobernar la Iglesia universal, según enseñaron los Padres del Concilio de Florencia[5]. Por lo tanto, cada Obispo debe adherirse fielmente a la Cátedra de Pedro, guardar santa y religiosamente el depósito de la santa fe y gobernar el rebaño de Dios que le haya sido encomendado. Los presbíteros estén sujetos a los Obispos, considerándolos, según aconseja San Jerónimo, como padre de sus almas[6]; y jamás olviden que aun la legislación más antigua les prohíbe desempeñar ministerio alguno, enseñar y predicar sin licencia del Obispo, a cuyo cuidado se ha encomendado el pueblo, y a quien se pedirá razón de las almas[7]. Finalmente téngase como cierto e inmutable que todos cuantos intenten algo contra este orden establecido perturban, bajo su responsabilidad, el estado de la Iglesia.

9. La doctrina de la Iglesia no permite críticas.

   Reprobable, sería, en verdad, y muy ajeno a la veneración con que deben recibirse las leyes de la Iglesia, condenar por un afán caprichoso de opiniones cualesquiera, la disciplina por ella sancionada y que abarca la administración de las cosas sagradas, la regla de las costumbres, y los derechos de la Iglesia y de sus ministros, o censurarla como opuesta a determinados principios del derecho natural o presentarla como defectuosa o imperfecta, y sometida al poder civil.

10. La Iglesia, institución divina, no requiere nunca restauración ni regeneración.

   En efecto, constando, según el testimonio de los Padres de Trento[8], que la Iglesia recibió su doctrina de Cristo Jesús y de sus Apóstoles, que es enseñada por el Espíritu Santo, que sin cesar la sugiere toda verdad, es completamente absurdo e injurioso en alto grado el decir que sea necesaria cierta restauración y regeneración para volverla a su incolumidad primitiva, dándola nueva vigor, como si pudiera ni pensarse siquiera que la Iglesia está sujeta a defecto, a ignorancia o a cualesquier otras imperfecciones. Con cuyo intento pretenden los innovadores echar los fundamentos de una institución humana moderna, para así lograr aquello que tanto horrorizaba a San Cipriano, esto es, que la Iglesia, que es cosa divina, se haga cosa humana[9]. Piensen pues, los que tal pretenden que sólo al Romano Pontífice, como atestigua San León, ha sido confiada la constitución de los cánones; y que a él solo compete, y no a otro, juzgar acerca de los antiguos decretos, o como dice San Gelasio: Pesar los decretos de los cánones, medir los preceptos de sus antecesores para atemperar, después de un maduro examen, los que hubieran de ser modificados, atendiendo a los tiempos y al interés de las Iglesias[10].

11. Defensa del celibato eclesiástico.

   Queremos ahora Nos excitar vuestro gran celo por la religión contra la vergonzosa liga que, en daño del celibato clerical, sabéis cómo crece por momentos, porque hacen coro a los falsos filósofos de nuestro siglo algunos eclesiásticos que, olvidando su dignidad y estado y arrastrados por ansia de placer, a tal licencia han llegado que en algunos lugares se atreven a pedir, tan pública como repetidamente, a los Príncipes que supriman semejante imposición disciplinaria. Rubor causa el hablar tan largamente de intentos tan torpes; y fiados en vuestra piedad, os recomendamos que pongáis todo vuestro empeño en guardar, reivindicar y defender íntegra e inquebrantable, según está mandado en los cánones, esa ley tan importante, contra la que se dirigen de todas partes los dardos de los libertinos.

12. Santidad del matrimonio cristiano. - Su indisolubilidad.

   Aquella santa unión de los cristianos, llamada por el Apóstol sacramento grande en Cristo y en la Iglesia[11], reclama también toda nuestra solicitud, por parte de todos, para impedir que, por ideas poco exactas, se diga o se intente algo contra la santidad, o contra la indisolubilidad del vínculo conyugal. 

   Esto mismo ya os lo recordó Nuestro predecesor Pío VIII, de s. m., con no poca insistencia, en sus Cartas. 

   Se debe, pues, enseñar a los pueblos que el matrimonio, una vez constituido legítimamente, no puede ya disolverse, y que los unidos por el matrimonio forman, por voluntad de Dios, una perpetua sociedad con vínculos tan estrechos que sólo la muerte los puede disolver. Tengan presente los fieles que el matrimonio es cosa sagrada, y que por ello está sujeto a la Iglesia; tengan ante sus ojos las leyes que sobre él ha dictado la Iglesia; obedézcanlas santa y escrupulosamente, pues de cumplirlas depende la eficacia, fuerza y justicia de la unión. No admitan en modo alguno lo que se oponga a los sagrados cánones o a los decretos de los Concilios y conozcan bien el mal resultado que necesariamente han de tener las uniones hechas contra la disciplina de la Iglesia, sin implorar la protección divina o por sola liviandad, cuando los esposos no piensan en el sacramento y en los misterios por él significados.

13. El indiferentismo. - Su condena.

   Otra causa que ha producido muchos de los males que afligen a la iglesia es el indiferentismo, o sea, aquella perversa teoría extendida por doquier, merced a los engaños de los impíos, y que enseña que puede conseguirse la vida eterna en cualquier religión, con tal que haya rectitud y honradez en las costumbres. Fácilmente en materia tan clara como evidente, podéis extirpar de vuestra grey error tan execrable. Si dice el Apóstol que hay un solo Dios, una sola fe, un solo bautismo[12], entiendan, por lo tanto, los que piensan que por todas partes se va al puerto de salvación, que, según la sentencia del Salvador, están ellos contra Cristo, pues no están con Cristo[13] y que los que no recolectan con Cristo, esparcen miserablemente, por lo cual es indudable que perecerán eternamente los que no tengan fe católica y no la guardan íntegra y sin mancha[14]; oigan a San Jerónimo que nos cuenta cómo, estando la Iglesia dividida en tres partes por el cisma, cuando alguno intentaba atraerle a su causa, decía siempre con entereza: Si alguno está unido con la Cátedra de Pedro, yo estoy con él[15]

   Falsamente, alguien acariciaría la idea que le basta con estar regenerado por el bautismo, a esto les responde San Agustín que no pierde su forma el sarmiento cuando está separado de la vid; pero, ¿de qué le sirve tal forma, si ya no vive de la raíz?[16].

14. La libertad de conciencia. - Sus malas consecuencias.

   De esa cenagosa fuente del indiferentismo mana aquella absurda y errónea sentencia o, mejor dicho, locura, que afirma y defiende a toda costa y para todos, la libertad de conciencia. Este pestilente error se abre paso, escudado en la inmoderada libertad de opiniones que, para ruina de la sociedad religiosa y de la civil, se extiende cada día más por todas partes, llegando la impudencia de algunos a asegurar que de ella se sigue gran provecho para la causa de la religión. ¡Y qué peor muerte para el alma que la libertad del error! decía San Agustín[17]. Y ciertamente que, roto el freno que contiene a los hombres en los caminos de la verdad, e inclinándose precipitadamente al mal por su naturaleza corrompida, consideramos ya abierto aquel abismo[18] del que, según vio San Juan, subía un humo que oscurecía el sol y arrojaba langostas que devastaban la tierra. De aquí la inconstancia en los ánimos, la corrupción de la juventud, el desprecio -por parte del pueblo- de las cosas santas y de las leyes e instituciones más respetables; en una palabra, la mayor y más mortífera peste para la sociedad, porque, aun la más antigua experiencia enseña cómo los Estados, que más florecieron por su riqueza, poder y gloria, sucumbieron por el solo mal de una inmoderada libertad de opiniones, libertad en la oratoria y ansia de novedades.

15. La libertad de prensa. - Su refutación.

   Debemos también tratar en este lugar de la libertad de imprenta, nunca suficientemente condenada, si por tal se entiende el derecho de dar a la luz pública toda clase de escritos; libertad, por muchos deseada y promovida. Nos horrorizamos, Venerables Hermanos, al considerar qué monstruos de doctrina, o mejor dicho, qué sinnúmero de errores nos rodea, diseminándose por todas partes, en innumerables libros, folletos y artículos que, si son insignificantes por su extensión, no lo son ciertamente por la malicia que encierran; y de todos ellos sale la maldición que vemos con honda pena esparcirse sobre la tierra. Hay, sin embargo, ¡oh dolor!, quienes llevan su osadía a tal grado que aseguran, con insistencia, que este aluvión de errores esparcido por todas partes está compensado por algún que otro libro, que en medio de tantos errores se publica para defender la causa de la religión. Es de todo punto ilícito, condenado además por todo derecho, hacer un mal cierto y mayor a sabiendas, porque haya esperanza de un pequeño bien que de aquel resulte. ¿Por ventura dirá alguno que se pueden y deben esparcir libremente activos venenos, venderlos públicamente y darlos a beber, porque alguna vez ocurre que el que los usa haya sido arrebatado a la muerte?

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NOTAS

(1) S. Caelest. pp., ep. 21 ad epp. Galliarum. (volver)  

(2) Ep. ad Imp., ap. Labb. t. 2 p. 235 ed. Mansi. (volver) 

(3) S. Innocent. pp., ep. 2: ap. Constat. (volver)  

(4)  S. Cypr. De unit. Eccl. (volver)  

(5) Sess. 25 in definit.: ap. Labb. t. 18 col. 527 ed. Venet. (volver)
 

(6) Ep. 2 ad Nepot. a. 1, 24. (volver) 

(7) Ex can. ap. 38; ap. Labb. t. 1 p. 38 ed. Mansi.  volver) 

(8) Sess. 13 dec. de Euchar. in prooem. (volver) 

(9) Ep. 52 ed. Baluz. (volver) 

(10) Ep. ad epp. Lucaniae.  (volver) 

(11) Hebr. 13, 4 y Eph. 5, 32. (volver) .

(12)  Eph. 4, 5.  (volver) 

13) Luc. 11, 23. (volver) 

(14 Symb. S. Athanas. (volver) 

(15)S. Hier. ep. 57. (volver) 

(16) In ps. contra part. Donat.   (volver) 

(17) Ep. 166.  (volver) 

(18) Apoc. 9, 3.  (volver)