¿PABLO VI IMPUSO ILEGALMENTE LA NUEVA MISA?
( R.P. Anthony Cekada)

La Fraternidad San Pío X y un mito tradicionalista popular  

   La mayoría de los católicos que abandonaron la Nueva Misa lo hicieron porque la hallaron mala, irreverente y no-católica. Instintivamente, entonces, el católico sabe que la Iglesia de Cristo no puede darnos algo malo, ya que en tal caso nos conduciría al infierno antes que al Cielo.
   Los teólogos católicos, en efecto, enseñan que las leyes universales que conciernen a la disciplina, así como las que rigen la sagrada liturgia, son infalibles.
   El teólogo Hermann da una explicación clásica: “La Iglesia es infalible en su disciplina general. Por el término disciplina general entendemos las leyes y las prácticas que pertenecen al orden externo de toda la Iglesia. Este se refiere a elementos tales del culto externo, como la liturgia o la administración de los sacramentos...
   “Si ella ( la Iglesia ) fuera capaz de prescribir, ordenar o tolerar en su disciplina algo contra la fe y las costumbres, o algo que fuera perjudicial a la Iglesia o nocivo para los fieles, ella se apartaría de su misión divina, lo cual es imposible.”1
   Tarde o temprano, entonces, el católico se encuentra frente a un dilema: la Nueva Misa es mala pero aquellos que nos ordenan utilizarla (Pablo VI et al.) parecen poseer la misma autoridad de Cristo. ¿Qué debemos hacer? ¿Aceptar lo que es malo por la autoridad, o rechazar la autoridad por lo que es malo? ¿Elegir el sacrilegio o elegir el cisma?
¿Cómo resuelve el católico este cruel dilema: que la autoridad de la Iglesia ordene el mal? Durante estos años, hubo esencialmente dos explicaciones propuestas:  

Pablo VI, que promulgó la Nueva Misa, perdió la autoridad papal  

   El argumento es el siguiente: una vez que admitimos que la Nueva Misa es mala, que es nociva para las almas, que destruye la fe, admitimos, como consecuencia, también otras cosas: Pablo VI, que promulgó (impuso) este rito malo en 1969, no podía poseer la verdadera autoridad en la Iglesia , ya que procedió de tal modo. Perdió de una u otra manera la autoridad papal, incluso si la poseía antes.
   ¿Cómo se pudo llegar a esto? La defección de la fe, según por lo menos dos papas (Inocencio III y Pablo IV) y casi todos los canonistas y teólogos católicos, entraña automáticamente la pérdida del oficio papal.  

   El mal de la Nueva Misa , es como una inmensa flecha luminosa y pestañeante apuntada al Vaticano y que formara las palabras: “No hay autoridad papal. Defección de la fe católica”.  

2- Pablo VI poseía la autoridad papal, pero no promulgó legalmente la Nueva Misa

   El argumento es el siguiente: Pablo VI no siguió el procedimiento legal correcto cuando promulgó la Nueva Misa. En consecuencia, la Nueva Misa no es verdaderamente una ley universal y no estamos obligados a obedecer la legislación que supuso imponer; así se “salva” la infalibilidad de la Iglesia.  
   Esta teoría fue muy popular en el movimiento tradicionalista desde su formulación, a comienzos de los años 60.  Pero esto es un intento por tener la manteca y el dinero de la manteca. Esta argumentación permite “reconocer” al Papa, pero ignorar sus leyes, denunciar su Nueva Misa y guardar la Misa tradicional. Las almas simples, atemorizadas por la idea del cisma son así tranquilizadas y esto les permite permanecer “fieles al Santo Padre” a pesar de las apariencias.  
   Ya he tratado sobre la primera posición en mi estudio Traditionalists, Infallibility and the Pope2. Aquí hablaré sobre la segunda posición y señalaré las dificultades que presenta en lo que concierne a la lógica, la autoridad de la Iglesia y el derecho canónico.

La Fraternidad San Pío X y la “promulgación ilegal”

   Muchos católicos tradicionalistas sostienen la teoría según la cual, la Nueva Misa fue promulgada ilegalmente. Los abogados de esta posición son extremadamente numerosos entre los miembros y defensores de la Fraternidad San Pío X, de Mons. Marcel Lefebvre.
   Esta teoría se inscribe perfectamente en lo que se podría llamar concepción galicano-jansenista de la Fraternidad sobre el papado: el Papa es “reconocido”, pero sus  leyes y enseñanzas deben ser tamizados. Usted se beneficia por el lado sentimental de tener un Papa in abstracto, pero no tiene los inconvenientes de tener que obedecerlo in concreto. (Desde hace muchos años, este lado sentimental es un llamado a la generosidad de los fieles y representa una fuente de rentas considerables para la Fraternidad San Pío X. Esta vieja gallina galicana a de los huevos de oro no se presta a ser abandonada). 

Los argumentos clásicos  

   Para obtener una explicación de la segunda posición, nos referiremos a dos artículos del Padre François Laisney, antiguo superior de distrito de la Fraternidad en Estados Unidos. El Padre Laisney deplora la Nueva Misa como “un mal en sí”3 y como un peligro para la fe católica4. Reconoce en sentido general el principio sobre el que se basa la primera posición: la Iglesia no puede dar leyes universales malas o nocivas para las almas. Pero afirma, “no fue empleada toda la fuerza de la autoridad papal en la promulgación de la Nueva Misa5 y “el Papa Pablo VI no obligó a la celebración de esta (Nueva) Misa, sino solamente la permitió... no ordenó, ni dio mandatos o preceptos claros para imponerla, a ningún sacerdote!”6. Formula los siguientes argumentos, típicos de los que sostienen esta posición contra la legalidad de la promulgación de la Nueva Misa por Pablo VI:

  • El Novus Ordo Missæ  no fue promulgado según la forma canónica propia por la Sagrada Congregación de Ritos”.  

  • “Falta un decreto de la Sagrada Congregación de Ritos, imponiendo la Nueva Misa en las Acta Apostolicæ Sedis (el órgano oficial de la Iglesia Católica que anuncia las nuevas disposiciones a toda la Iglesia )”.   
  • “En las siguientes ediciones de la Nueva Misa (el decreto de 1969) es reemplazado por un segundo decreto (del 26 de marzo de 1970) solamente permitiendo el uso del Nuevo Misal. Este segundo decreto que solamente permite - pero no ordena - su uso, se encuentra incluido en las acta apostolicæ sedis”.  
  • En una notificación de 1971 sobre la Nueva Misa , de la Congregación del Culto Divino "no se encuentra ni una clara prohibición para todo sacerdote de celebrar la misa tradicional ni la obligación de celebrar únicamente la Nueva Misa ".  
  • Otra notificación de 1974, afirma el Padre Laisney, impone la obligación, pero ésta no aparece en las Acta y no dice que Pablo VI la haya aprobado, en consecuencia, no tiene fuerza de obligación.  

  • “Una legislación confusa” caracteriza a estas reformas. “En esto se puede ver precisamente la asistencia del Espíritu Santo a la Iglesia para no permitir a los modernistas promulgar correctamente sus reformas con una fuerza legal perfecta”.  

   El Padre Laisney presenta, entonces, su conclusión: “el Novus Ordo Missæ fue promulgado por el Papa Pablo VI con tantas deficiencias, e incluso sin el lenguaje jurídico correcto obligando a todos los sacerdotes y fieles, que es imposible afirmar que haya estado cubierto por la infalibilidad papal respecto de las leyes universales7.  

   A fin de verificar las afirmaciones del Padre Laisney, supondremos, como él, que Pablo VI era verdadero Papa y que, en cuanto tal, poseía plenamente la autoridad legislativa sobre la Iglesia. Esto nos permitirá obligar al Padre a apoyarse en criterios objetivos tomados del derecho canónico que desalientan esta hipótesis.  
   Demostraremos, pues, examinando los principios generales del derecho canónico y de los textos legislativos aludidos, que los argumentos y las conclusiones del Padre Laisney son falsos en todos sus puntos.  

¿Qué es una “promulgación?"  

   “Promulgar” una ley no significa otra cosa que anunciarla públicamente. La esencia de la promulgación es la proposición pública de una ley a la comunidad por el mismo legislador, o bajo su autoridad, de manera que la voluntad del legislador de imponer una obligación pueda ser conocida por todos sus súbditos8.  
   El código de derecho canónico dice, simplemente: “Las leyes decretadas por la Santa Sede son promulgadas después de su publicación en el comentario oficial de las Acta Apostolicæ Sedis, a menos que en casos particulares se prescriba otro modo de promulgación”9.  
   Eso es todo lo que requiere el código canónico y eso basta para hacer conocer la voluntad del legislador, el Papa. A menos que haya otra cláusula en una ley particular, una ley se hace efectiva (y obligatoria) tres meses después de su publicación oficial en las Acta10. El período precedente a la fecha de puesta en aplicación se llama vacatio legis. 



  

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NOTAS 

  • 1) P. HERMANN, Institutiones Theol. Dogm., , Roma, 1904, extracto 1: 258. Otros teólogos, como Van Noort, Dorsch, Schultes, Zubizarreta, Irraguí y Salaverri explican la enseñanza un poco casi de la misma manera. Para las referencias y citas, confrontar mi estudio Traditionalists, Infallibility and the Pope.  

  • 2) Para obtener una copia gratuita puede escribir a: Saint Gertrude the Great Church, 11144 Reading Road, Cincinnati, OH 45241, 513-769-5211, www.sgg.org  

  • 3) "Where is the True Catholic Faith? Is the Novus Ordo Missæ Evil?" Angelus 20 (marzo de 1997) 38.  

  • 4) ''Was the Perpetual Indult Accorded by Saint Pius V Abrogated?" Angelus (Diciembre de 1999) 30-31.  

  • 5) "Where is ... ?11 34. Su puesta en relieve.   

  • 6) "Where is ... ? 1 35.  

  • 7) "Where is...?" 35-36. Mi puesta en relieve.  

  • 8) M. Lohmuller, Promulgation of Iaw (Washington: CUA Press 1947), 4.  

  • 9) Canon 9. "Leges ab Apostolica Sede latæ promulgantur per editionem in Actorum Apostolicæ Sedis commentario officiali, nisi in casibus particularibus alius promulgandi modus fuerit præscriptus".  

  • 10) Canon 9. "Et vim suam exserunt tantum expletis tribus mensibus a die qui Actorun numero appositus est, nisi ex natura rei illico ligent aut in ipsa lege brevior vel longior vacatio specialiter et expresse fuerit statuta".