El delincuente
http://www.oocities.org/cjr212criminologia/delincuente.htm
TOMAS MORO. EL PENSAMIENTO UTÓPICO
CESAR DE BONEZANA, MARQUÉS DE
BECCARIA Y LA ILUSTRACIÓN
Desde la aparición del hombre sobre la Tierra
siempre ha habido el delito, como tambien las formas de combatirlo.
La Criminología ya existía en las antigua tribus.
Sigmund Freud sostiene que el origen del sistema penal se remonta al
tabú. Que es una prohibición cuya infracción tiene como
consecuencia un castigo automático; esta sanción se apoya en cierta sanción
mágico—religiosa.
La Teoría sociológica dice que el origen del
delito está en la aparición de la propiedad privada.
Regulaba la vida del Imperio babilónico, y ya
establecía lo que ahora se llama negligencia temeraria. , Es decir quien
construye una casa y esta se derrumba, el constructor debía ser castigado.
También establece la ley del talión, o venganza justa.
El delito se caracteriza por su carácter religioso.
El Derecho, la religión y la magia estaban confundidas en el llamado
derecho de los muertos, se llamaba así porque era una especie de diario
donde se apuntaba todo lo malo y bueno que había hecho en vida el difunto. Esto
era una forma de condena.
El edicto de Har-em-hab del siglo XV a. C.
establece que los abusos a los criados podían ser sancionados, aunque no define
la clase de penas. Ya tipificaba el cohecho y el pillaje.
También se dictaron los Escritos Ipitas
durante el reinado de Ramsés II donde se condenaban con penas corporales el
robo con la extracción de los incisivos al delincuente.
Durante la dinastía Shang (desde 1401, Yin) que
duró desde 1766 a 1122C. ya se establecía el uso de la huella dactilar
para garantizar los documentos, por ejemplo un contrato de matrimonio.
La Dinastía Chou que duró de 1122 al 240 a.
C. Ya se preocupó para llegar a establecer castigos, aunque estos se
diferenciaban de los castigos religiosos. Se sancionaba ya el pillaje con
castigos corporales, por ejemplo se les cortaba el dedo pulgas.
Confucio ya establecía 5 delitos imperdonables:
Confucio decía: “Ten cuidado de cometer un crimen
porque tendrás el castigo correspondiente.
El Decálogo (Los Diez Mandamientos) reglas –aunque
sin sanciones—como por ejemplo No matarás. El castigo no establece
penas. El crimen será castigado por la ira de Dios.
La Biblia, establece todas las sanciones de repudio
contra los delincuentes (Levítico, versículos del 1 al 8.
(Ver)
En Grecia la Criminología parte desde la Mitología:
Zaus mata a su padre y viola a su hermana.
Para Pitágoras el delito rompe el equilibrio social
y la pena lo restablece (balanza de la diosa Temis).
Defiende la Teoría de la ejemplaridad de la pena
que dice que la pena debe estar de acorde con el daño causado.
Es el precursor de la CRIMINALÍSTICA, que lo
establece dentro la Criminología.
Su teoría se basa en el areté (=virtud). El
hombre que comete un delito es escaso de areté. Como filosofo establece los
valores. La virtud es el valor fundamental para que el hombre tenga que
comportarse como tal. La falta de virtud o areté hacía que el
hombre se encamine hacia el delito. ¿Cómo que cultiva—y sé la obtiene—esa
virtud? A través de la educación. Hombres con falta de educación para la
obtención del areté son proclives al delito. Por eso para Sócrates el fin de la
pena es la reeducación.
Médico. Considerado padre de la Medicina y de
la Biología Criminal por su Teoría de los Humores.
Los cuatro humores que cuentan son:
Esta teoría es considerada todavía en Criminología,
porque se basa en el temperamento y el carácter del individuo. Hipócrates es
uno de los autores de la Criminología pre-científica.
Considerado como impulsor de la corriente
sociológica. Dice que el delincuente es parecido a un enfermo., las causas del
delito están en la miseria o en la guerra. Si existe miseria o injusticias en
la sociedad, va haber delitos.
Esto es patente en la actualidad, al comparar los
niveles de vida de diferentes países vemos en Suiza existe un nivel bajo de
delitos contra la propiedad. Los Americanos lo llaman sociología
criminal a esta concepción. Afirman que la miseria es causa de delito ya
que en la actualidad la mayoría de los delitos son económicos. Si no existe
equidad y justicia salarial habrá delitos, esto no es una apología, sino la
realidad.
Cultor de la Psicología
criminal porque establece el estudio del alma, el pensamiento y los afectos.
Dice que cualquiera alteración de estas virtudes puede ser causa de
criminalidad. La falta de afecto lleva a una situación anormal.
Establece—alrededor de 348 a.C.—que la pasión es
causa de criminalidad. En esto no ha estado totalmente equivocado, ya que
actualmente se estudian los crímenes pasionales. Actualmente además de
tomar la pasión, también se toman en cuenta otros factores como ser el carácter
del individuo, la tipología morfológica, etc.
Se tiene tres épocas: En la primera se divide los
delitos en: Delitos Públicos (Crimina Pública: perduelium, el parricidio, el
incensus (no pagar impuestos) y en Delitos Privados (Delicta Privata:
homicidium, el furtius (hurto), las injurias, delitos contra el matrimonio).
La pena evoluciona desde la venganza privada
pasando por el talión, composición, el poder del pater familias hasta llegar a
la venganza pública.
En al segunda época la lex Valeria impone la pena
capital (suplicium) para el perduelio y el parricidio, al principio ejecutado
por el pueblo, mas tarde por los tribunales. Para los delitos privados se
aplica la pena (poena).
En la tercera época nace el delito
extraordinario (crimina extraordinaria) que es una figura entre delito privado
y el público, la sanción es irrogada por el Magistrado ya que esta clase de delito
no esta tipificado en la ley. En esta época ya se conoce los aspectos
subjetivos del delito como el dolus malus, el dolus bonus, las atenuantes
y agravantes, la culpa, la imputabilidad, el delito impulsivo. Las penas
son graves por ejemplo la tortura, los trabajos forzados.
La sanción de los delitos hasta el siglo XVIII se
caracterizaba por su crueldad. De aquí para adelante trata de adaptarse a la
realidad social y política. En la Ilustración (Newton, Kepler, Copérnico,
etc.), los fenómenos naturales se explican sobre la base de la razón y
bajo las Leyes de La Causalidad, separándose de los dogmas
religiosos. Influye en la separación del Estado y la Iglesia Católica.
Esta época de Humanismo sólo acepta como guía
el conocimiento basado en la razón y asienta en el campo jurídico los
Fundamentos como: la igualdad de las personas ante la ley, el Fundamento de
Legalidad.
En esta época también surgen: las Garantías
Procesales—el procesado debe ser juzgado por juez competente y se presume su
inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad (CPE, 16; CPP, 3)—y las
Garantías Penales--no hay pena sin ley previa que lo sancione, es el
respeto al Principio de Legalidad Penal—.
Se suprime también las torturas. Se establece la guillotina
para la pena capital sin dolor.
El Principio de De Legalidad
es una suprema garantía individual que consiste en la necesidad de ley previa
al castigo. ("Nullum crimen sine praevia, scripta, certa, et stricta
lege", No hay delito sin ley previa, escrita, cierta y estricta) Este
fundamento es una garantía individual en virtud de la cual ningún acto
u omisión voluntaria es considerado como delito sin que una ley anterior,
escrita, clara y cierta, lo haya previsto como tal. "Nadie podrá ser
condenado…por un hecho que no esté expresamente previsto como delito por ley
penal vigente al tiempo en que se cometió…"(CP, 3). "La condena penal
debe fundarse en una ley anterior al proceso…"(CPE, 16).
(Ver)
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