La Ley No. 139-97, de fecha 19 del mes de junio del año 1997, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicada en la Gaceta Oficial No. 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entro en vigor el 27 de este mes y año, por lo que de conformidad a lo establecido por nuestra legislación debe ser aplicada en todos los establecimientos del país.

Para los días feriados del año 2003 se aplicara de la siguiente forma:

Miercoles 1ro de enero :  No se cambia
Lunes 6 de enero :  No se cambia
Martes 21 de enero :  No se cambia
Domingo 26 de enero :  No se cambia
Jueves 27 de febrero :  No se cambia
Viernes 18 de abril (viernes santo) :  No se cambia
Jueves 1ro de mayo :  Se trabaja y se cambia para el lunes 05 de mayo : 
Jueves 19 de junio (Corpus Cristi) :  No se cambia
Sabado 16 de agosto :  No se cambia
Miercoles 24 de septiembre :  No se cambia
Jueves 6 de noviembre : Se trabaja y se cambia para el lunes 10
Jueves 25 de diciembre :  No se cambia

Santo Domingo, 28 de diciembre del 2002.

DR. WASHINGTON GONZALEZ NINA
DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO


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