Nota de/para los amigos que me escriben:
Fueron
advertidos
De la
redacción de Progreso Semana
Abogada
de junta escolar aconsejó no remover libros de biblioteca
La
propia abogada de la Junta Escolar de Miami-Dade "advirtió específicamente
a los miembros" de la junta el 7 de junio que su intención de remover el
libro Vamos a Cuba (A Visit to Cuba) de las bibliotecas escolares del
distrito "violaría sus propias reglas y numerosos precedentes
legales," The Miami Herald reportó el viernes pasado. La junta desestimó
ese consejo y sacó el libro de los anaqueles el 14 de junio.
El
texto del memorando enviado por Julie Ann Rico a la junta revela que el histórico
fallo del Tribunal Supremo de EEUU descrito la semana pasada en Progreso Semanal
("Se Prohíbe Prohibir") fue uno de esos "numerosos precedentes
legales" que pesaron en la conciencia de la abogada. El fallo dictado en
1982 en relación al caso Board of Education vs. Pico en Long Island, N.Y.,
estableció la inconstitucionalidad de remover libros de las bibliotecas
escolares y en sí es un compendio de los precedentes legales para esa situación.
Dado
el significado del memorando de Rico ahora que la Unión de Libertades Civiles y
otros demandantes han entablado pleito contra la junta escolar, Progreso Semanal
resume ese memorando a continuación. [Las palabras entre corchetes] son
nuestras clarificaciones. (Las palabras entre paréntesis) aparecen así en el
memorando.
Pide
a junta que acepte recomendación de panel
El
memo, dirigido a los miembros de la junta escolar y al Superintendente Rudolph
F. Crew, enumera las alternativas disponibles a la junta de Miami-Dade en su
respuesta al padre que originó la queja contra el libro. Pero una alternativa,
que aparentemente había sido debatida anteriormente, no debería ni siquiera
ser contemplada, advirtió Rico.
"Como
ya hemos aconsejado, ordenar que un libro en particular sea removido de la
colección de una biblioteca escolar, o imponer límites o restricciones sobre
su disponibilidad, sería contrario a la política establecida por la Junta, tal
como está enunciada en la Regla de la Junta [titulada] Materiales y Recursos
de Instrucción", escribe ella. "Instamos a la Junta a guiarse por
las mismas directrices que usó el CDRM cuando considere una apelación"
por parte del padre quejoso. Rico se refería al Comité de Distrito para Revisión
de Materiales, que había votado, por 15 a 1, permitir a Vamos a Cuba en
las bibliotecas.
Además,
la abogada recomendó que la junta no desechara su propia regla relacionada con
"materiales cuestionados", porque esa regla provee "opciones que,
en nuestra opinión, otorgan a la Junta una amplia latitud para llegar a una
decisión en cuanto a los méritos de la apelación y [en cuanto] a esbozar una
resolución".
"A
esta etapa del proceso, es de vital importancia que los procedimientos
establecidos por la Regla de la Junta sean cumplidos estrictamente",
escribió Rico, insinuando que la junta debería respaldar la recomendación
casi unánime de su propio comité de revisión. "Suspender la Regla de la
Junta aplicable no es una opción disponible a la Junta".
Veredicto
histórico definió la ley
Entonces
Rico sacó a relucir el importantísimo precedente del fallo Pico.
"El
caso más importante en relación a la remoción de libros de una biblioteca por
parte de una junta escolar es Island Trees Union Free School District vs.
Pico, 457 U.S. 853 (1982), un fallo mayoritario en que tres jueces del
Tribunal Supremo expresaron que la Primera Enmienda limita el ejercicio de la
discreción de una junta escolar para remover libros de las bibliotecas de las
escuelas secundarias y medias. (Bajo la Primera Enmienda, los estudiantes gozan
del derecho a recibir la información.)
"Es
decir que la Junta no puede remover libros de una biblioteca escolar simplemente
porque le disgusten sus ideas (como en contenido que es 'antiamericano,
anticristiano y simplemente asqueroso') o porque quiera prescribir lo que sea
ortodoxo en política, nacionalismo, u otros temas de opinión. Lo notable es
que una junta escolar no posee discreción absoluta para remover libros de una
biblioteca escolar, aun cuando los libros hayan sido colocados ahí por las
autoridades escolares".
"En
la decisión Pico, el Tribunal Supremo revocó el fallo [de una corte de
distrito] a favor de la junta escolar porque existían dudas en cuanto a 'la
posibilidad de que la decisión [de la junta] de remover los libros se hubiera
basado decisivamente en un desacuerdo con las ideas --protegidas por la
Constitución-- en esos libros, o en un deseo por parte de [la junta] de imponer
a los estudiantes [...] una ortodoxia política a la que se adhieren [los
miembros de la junta] y sus constituyentes'".
Dos
casos que eran muy similares
Rico
entonces llamó la atención a las similaridades entre las situaciones en Long
Island y en Miami-Dade.
"En
el caso Pico arriba mencionado, la junta escolar actuó fuera de los
procedimientos que había establecido para cuestionar libros. El superintendente
le había recordado a la junta que 'nosotros ya tenemos una política [...] diseńada
expresamente para bregar con tales problemas' y recomendó que la decisión de
remover [los libros] fuera abordada mediante ese procedimiento ya establecido.
"Pero
la junta desechó el consejo del superintendente y en su lugar utilizó su
propio procedimiento extraordinario, nombrando un comité ad hoc de
revisión de libros cuyo consejo la junta descartó sin explicaciones, después
de que el comité recomendara mantener los libros.
"Una
de las fallas de la junta escolar [de Long Island] fue rechazar el consejo de
expertos", enfatizó Rico. "Si los procedimientos establecidos
hubieran sido utilizados, el Tribunal Supremo hubiera validado la remoción con
más facilidad".
Una
batalla costosa y quizás inútil
"Ese
caso también implica que es importante que la Junta [Miami-Dade] considere
cuidadosa y detenidamente las recomendaciones del CDRM y del Superintendente [Crew]",
escribió la abogada. "La Junta debe de establecer con cuidado sus razones
legítimas, basadas en la Constitución, para la decisión que hizo y las
razones porque se desvió de las recomendaciones del CDRM y del Superintendente
[Crew]".
Una
batalla legal es una clara posibilidad, advirtió Rico. "En nuestra opinión,
un alejamiento de la decisión del CDRM, especialmente en vista del extenso análisis
y de las deliberaciones hechas por el CDRM, muy probablemente dejaría a esa
decisión de la Junta vulnerable a un desafío legal. En otras palabras, una
decisión de la Junta de remover el libro presuntamente resultaría en un desafío
legal, como ya lo ha indicado la Unión Americana de Libertades Civiles".
Si
la UALC y otros demandan a la Junta, "es extremadamente importante que la
Junta identifique en forma específica las bases legales para cualquier decisión
de la Junta, especialmente cualquier decisión que se desvíe de las
recomendaciones del CDRM. Además, opinamos que hasta una decisión bien
razonada por la Junta que se desvíe de las recomendaciones del CDRM expondrá a
la Junta a una vulnerabilidad legal". Una forma discreta de decir que la
Junta podría ser blanco de una demanda cara, en términos de gastos legales,
indemnizaciones y pérdida de prestigio.
El 21
de junio, la UALC entabló pleito en la Corte Federal de Distrito en el Distrito
Sur de la Florida. Los codemandantes incluyen varias familias de estudiantes de
Miami-Dade que son miembros de la UALC, así como la Asociación de Gobierno
Estudiantil del Condado Miami-Dade.
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