Suma
de poderes
Nada nuevo bajo el sol: "crisis" y "superpoderes permanentes"
El
tema no es novedoso en la práctica política institucional
de los últimos años, sino que por el contrario, se ha consolidado
como un mecanismo continuo y casi permanente, mediante el cual los poderes
ejecutivos de turno procuran -en aras de sucesivas emergencias y crisis-
exceder el marco normal de competencias que le acuerda la Constitución
Nacional.
Por
Miguel Saredi y Orlando Pulvirenti (*)
Especial
para Agencia NOVA
En
las últimas semanas ha estallado la polémica respecto de
la solicitud, incluida en el proyecto de presupuesto elevado por el Poder
Ejecutivo al Congreso Nacional, de facultar al jefe de gabinete con atribuciones
que lo habiliten a REASIGNAR PARTIDAS PRESUPUESTARIAS.
Esta
atribución, que se prolongaría durante todo el ejercicio
económico del 2005, ha motivado no pocas sospechas respecto del
destino que a las mismas habrá de acordarse. Pero, en nuestra opinión,
más allá de las lógicas desconfianzas o reparos que
puedan surgir, nos parece que el planteo de fondo debe ser otro: la natural
y lamentable tendencia de nuestros ocasionales funcionarios nacionales
de avanzar sobre las facultades asignadas a otros Poderes de la Nación
desconociendo, de esta manera, lo establecido en nuestra Carta Magna.
(Ese
remanido, básico y necesario tema que cualquiera novel estudiante
de derecho conoce: la división e independencia de los poderes y
la imperiosa necesidad que sus funciones sean respetadas en una República).
Tan
sencilla regla de juego, enunciada hace siglos por Rousseau, Montesquieu
y Hobbes, aún parece no ser comprendida por numerosos funcionarios,
que intentan concentrar arbitraria y desmedidamente poder.
Por
ello, la cuestión planteada es rica en matices y quizás
debemos encarar los temas de fondo dejando a un lado nuestra posición
favorable o desfavorable a la actual administración nacional, o
nuestra simpatía o antipatía por el actual mandatario o
su Jefe de Gabinete. Si permitimos primar mezquinos intereses o simpatías
personales, ningún bien se le hace a la República.
Debemos,
sinceramente, preguntarnos: ¿Es permanente la crisis y por ello
se buscan siempre remedios "excepcionales"? ¿No podemos
después de más de 20 años de democracia, reestablecer
un cauce de normalidad a la institucionalidad argentina? ¿Le interesa
realmente esta cuestión a los partidos políticos? ¿Le
interesa a nuestra dirigencia? ¿O tan sólo se expone cuando
es el otro partido el que pretenda ejercer estas facultades? ¿Entenderemos
en algún momento, que no se pueden alterar en forma permanente
los lineamientos institucionales sin que resultemos inmensamente perjudicados?
Consideramos
que las siguientes reflexiones pueden resultar posibles respuestas a los
interrogantes que planteábamos.
1-
Ningún país puede vivir en estado de crisis permanente.
Por definición una crisis supone la idea de transitoriedad, así
lo ha expresado la CSJN en las causas SMITH y SAN LUIS. Es decir, no resulta
lógico ni adecuado a derecho, sostener un permanente estado de
crisis para poder, bajo dicho pretexto, trastocar en forma permanente
las reglas de juego. En consecuencia, si bien resulta razonable que en
circunstancias extremas en las que la propia integridad de la Nación
se encuentra afectada se adopten medidas excepcionales (artículo
29 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos), en modo
alguno ello autoriza a considerar que esa situación resulta permanente
e insuperable. Esta explicación jurídica debe acompañarse
con la interpretación histórica y política. Más
allá de nuestras preferencias a los últimos gobiernos justicialistas
o radicales, debemos reconocer que en los últimos años,
sólo el gobierno de transición de Eduardo Duhalde fue, quizás,
el que tenía el mayor grado de debilitamiento ya que fue elegido
por Asambleas Constituyentes y se constituyó en medio de una crisis
de características tales que el desmembramiento social y territorial
eran consecuencias más que posibles.
2-
Tal vez en ese mismo camino, resulte una herramienta útil de entendimiento
analizar de qué forma los partidos políticos y sus dirigentes,
-lejos de asumir el compromiso que a todos ellos les es exigible con la
democracia y un sistema republicano de gobierno- han privilegiado muchas
veces las conveniencias de ocasión, las urgencias electorales o
de posicionamiento y sólo han recordado lo establecido en la Carta
Magna, cuando se está en la oposición. Solo por ejemplificar,
podría citarse el apoyo de la UCR a los superpoderes de Cavallo
y la negativa de los justicialistas ante esa situación. Postura
que se transformó en opuesta al momento de cambiar el signo político
de acuerdo a los intereses partidarios del momento y colocando a éstos
por encima de la República.
3-
Finalmente, consideramos que últimamente se ha menoscabado la importancia
que tiene para el circuito económico el principio de previsibilidad
y estabilidad de las reglas de juego sociales. Sin embargo, sin caer en
el dogmatismo ni en el ideologismo de los 90, la afectación de
la denominada seguridad jurídica claramente actúa como un
factor disuasivo de inversiones, puesto que nadie quiere arriesgar y/o
depositar sin tener certezas respecto del proceder del Gobierno.
Debe,
en consecuencia, reafirmarse que alterar en forma permanente el balance
de poderes establecidos por el constituyente, no sólo afecta la
institucionalidad del país, sino además las propias posibilidades
de desarrollo económico y social de la Nación, más
allá del signo económico o el mayor grado de intervención
estatal en la economía que se propugne. Aún en la Venezuela
de Chavez, la salida del plebiscito significó un mayor caudal de
inversiones ya que logró regularizarse un cauce institucional que
había estado muy alterado en los meses previos.
Sabiendo
que muchos no coincidirán con nuestra impresión e incluso
hasta se molestarán, queremos traer a colación el peor momento
del siglo de nuestro país - fines del 2001, principios del 2002-
momento que consideramos fue cuando más se respetó literalmente
el articulado de nuestra Constitución Nacional, situación
que evitó una ruptura institucional por medio de las Asambleas
Constituyentes. Las fuerzas políticas se unieron ante la debacle,
que amenazaba hundir a todos, y -siguiendo la Constitución- se
pudo enderezar al país que iba camino a un abismo, sin que nadie
se atreviera a predecir su destino. Hoy, con la sangre aún caliente,
puede que algunos intenten desconocer esto pero sin lugar a dudas, la
historia se encargará de revindicar aquello que los argentinos
fuimos capaces de hacer al respetar lo establecido en nuestra Carta Magna.
Cuando
Alberto Fernández defiende los superpoderes en la Cámara
de Senadores dice -ratificando lo que sostenemos en este artículo-
: "Estamos pidiendo facultades que los jefes de gabinete tienen desde
1997, a veces en situaciones que ni siquiera revestían condiciones
de emergencia (.)". Por supuesto, coincidimos con lo expresado por
el ministro, pero creemos que ni Menem en su momento ni De la Rúa,
ni tampoco el Presidente Kirchner revistan condiciones de emergencia en
el sentido que nuestra Constitución y los más importantes
doctrinarios y jurisconsultos le otorgan a ésta palabra.
Quizás
sea hora que nuestro Presidente, y nuestros dirigentes actuales, revean
su posición en la asignación de poderes extraordinarios
y entiendan que con nuestra Carta Magna "sobra" para reconstruir
nuestra República.
(*) Miguel Saredi es ex Diputado Nacional (2002-2003), ex concejal y presidente
del PJ. Abogado. Orlando Pulvirenti es ex concejal y abogado especialista
en Derecho Constitucional y Municipal |