FEUDALISMO

Heliodoro, "Las etiópicas" (c. 250)

Tácito, "La Germania" (c. 98) (fragms.)

Edicto de Constantino sobre el Colonato

Ley de Valentiniano I sobre los colonos (371)

Ley de Teodosio I sobre los colonos en Palestina

Sobre los buccellarios en el Bajo Imperio (468)

Sobre la propiedad a fines del siglo IV

Fragmentos del Codex Euriciani (c. 476)

La wergeld entre los Francos

Fórmula de Tours Nº 43 (s. VIII)

Exhortación de Dhouda, esposa de Bernardo, Marqués de Septimania, a su primogénito Guillermo (843)

Indiculus loricatorum Ottoni II. in italiam mittendorum (981)

Carta de Fulberto de Chartres a Guillermo, duque de Aquitania (1020)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULA DE TOURS Nº 43 (s.VIII)

Aquel que se recomienda al poder de otro.

"Al magnífico señor, tal; yo, tal. Teniendo en cuenta que es perfectamente conocido de todos que yo no tengo con qué alimentarme ni vestirme, he decidido solicitar de vuestra compasión poder entregarme o recomendarme a vuestro "mundo burdio"; lo cual he hecho: a saber, en la forma que deberéis ayudarme y sostenerme tanto en lo que atañe a la vida como al vestido y en la medida en que yo pueda serviros y merecer de vos. Y mientras viva deberé siempre serviros y respetaros como pueda hacerlo un hombre libre, y en todo el tiempo que viva no tendré la facultad de sustraerme a vuestro poder o "mundo burdio"; sino que, por el contrario, deberé permanecer todos los días de mi vida sometido a vuestro poder y protección. Como consecuencia de tales hechos, ha sido convenido que si uno de nosotros quisiera sustraerse a estos convenios, estará obligado a pagar a su contratante tantas monedas, y el convenio en sí continuará en vigor. Por todo lo cual ha parecido bien que las partes hicieran redactar y confirmar dos actas con el mismo contenido, lo cual hicieron.

Qui se in alterius potestate commendat.

Domino magnifico illo ego enim ille. Dum et omnibus habetur percognitum, qualiter ego minime habeo, unde me pascere vel vestire debeam, ideo petii pietati vestrae, et mihi decrevit voluntas, ut me in vestrum mundoburdum tradere vel commendare deberem; quod ita et feci; eo videlicet modo ut me tam de victu quam et de vestimento, iuxta quod vobis servire et promereri potuero, adiuvare vel consolare debeas, et dum ego in capud advixero, ingenuili ordine tibi servicium vel obsequium inpendere debeam et de vestra potestate vel mundoburdo tempore vitae meae potestatem non habeam subtrahendi, nisi sub vestra potestate vel defensione diebus vitae meae debeam permanere. Unde convenit ut, si unus ex nobis de has convenentiis se emutare voluerit, solidos tantos pari suo conponat, et ipsa convenentia firma permaneat; unde convenit, ut duas epistolas uno tenore conscriptas ex hoc inter se facere vel adfirmare deberent; quod ita et fecerunt.

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Formulae Turonensis, 43, en: Ganshof, F.L., El Feudalismo, Trad. de F. Formosa, Ariel, 7ª Ed., 1982 (1957), Barcelona, pp. 27-29.

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EXHORTACIÓN DE DHOUDA, ESPOSA DE BERNARDO, MARQUÉS DE SEPTIMANIA, A SU PRIMOGÉNITO GUILLERMO (843)

Advertencia relativa a tu señor.

Puesto que Dios y tu padre Bernardo han escogido a Carlos, tu señor, para que le sirvieras en la flor de tu juventud, conserva lo que posees por tu raza, ilustre por ambas líneas. No sirvas únicamente de modo tal que sólo plazcas a los ojos de tu amo, sino en toda ocasión manténle en plenas facultades, a su servicio, una fe intacta y cierta de cuerpo y espíritu... Por ello, hijo mío, te exhorto a mantener fielmente, en cuerpo y espíritu durante toda tu vida, lo que tienes como carga... Que jamás te puedan reprochar la locura de la infidelidad, que jamás germine el mal en tu corazón hasta el punto de volverte infiel a tu señor, sea lo que sea. No creo que deba temerse una traición por tu parte ni por parte de los que sirven contigo... Así, pues, Guillermo, hijo mío, que has nacido de su raza, sé, como ya te he dicho, sincero, vigilante y útil hacia tu señor y el más pronto a su servicio; y en todos los asuntos que interesen al poder del rey, en el interior o en el exterior, aplícate, conságrate a mostrar tu prudencia en la medida de las fuerzas que Dios te ha dado. Lee las vidas y los pensamientos de los Santos Padres del pasado y en ellos encontrarás el modo como debes servir a tu señor y serle útil en todos los aspectos. Y cuando hayas encontrado cómo, aplícate a ejecutar fielmente las órdenes de tu señor. Considera también, y contempla a los que dan prueba de la mayor fidelidad, sirviéndole con perseverancia, y aprende de ellos el modo de servirlo.

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En: Ganshof, F.L., El Feudalismo, Trad. de F. Formosa, Ariel, 7ª Ed., 1982 (1957), Barcelona, pp. 64 y s.

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INDICULUS LORICATORUM OTTONI II. IN ITALIAM MITTENDORUM (981)

Herkenbaldus episcopus C loricatos mittat. Abbas de Morebach secum ducat XX. Episcopus Balzzo mittat XX. Ildebaldus episcopus ducat XL. Abbas de Uuizenburg mittat L. Abbas de Lauresam ducat L. Archiepiscopus Maguntinus mittat C. Coloniensis archiepiscopus mittat C. Vuirzeburgensis episcopis mittat LX. Abbas Erolsfeldensis XL mittat. Heribertus comes ducat XXX, et fratris filius aut veniat cum XXX aut mittat XL. Megingaus iuvante Burchard ducat XXX. Cono filius Cononis ducat XL. De ducatu Alsaciense mittantur LXX. Bezolinus filius Arnusti duodecim ducat. Azolinus Rodulfi filius mittat XXX. Oddo frater Gebizonis XX mittat. Hezel comes ducat XXXX. Abbas Uultensis mittat LX. Guntramus comes ducat XII. Vngerus ducat XX. Domnus Sicco imperatorius frater ducat XX. Otto XL ducat.

Carolus dux, custos patrie domi dimissus, Bosonem cum XX mittat. Leodicensis episcopus LX mittat cum Hermanno aut Immone. Episcopus Camaracensis XII mittat. Geldulfus cum adiutorio abbatum XII ducat. Deodericus comes filium suum cum XII mittat. Ansfredus comes X mittat. Gottefredus et Arnulfus marchiones XL mittant. Filius Sicconis comitis XXX secum ducat. Abbas Brumiensis XL ducat. Archiepiscopus Treuerensis LXX ducat. Verdunensis episcopus LX ducat. Tullensis XX mittat.

Archiepiscopus Salceburgensis LXX mittat. Ratebonensis episcopus totidem mittat. Abraham XL mittat. Reginaldus episcopus L ducat. Alboi[nu]s episcopus XX ducat Episcopus Augustae civitatis C ducat. Constanciensis episcopus XL mittat. Curiensis episcopus XL ducat. Abbas de Eloganga XL ducat. Abbas de Kembeduno XXX ducat.

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En: Monumenta Germaniae Historica, Legum Sectio IV. Constitutiones et acta publica imperatorum et regum. Tomus I, Ed. Ludewicus Weiland, Impensis Bibliopolii Hahniani, 1893, Hannover, p. 633.

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CARTA DE FULBERTO DE CHARTRES A GUILLERMO, DUQUE DE AQUITANIA (1020)

Quien jure fidelidad a su señor debe tener siempre presente las seis palabras siguientes: incolume, tutum, honestum, utile, facile, possibile. Sano y salvo para que no cause daño alguno al cuerpo de su señor. Seguro, para que no perjudique a su señor revelando su secreto o entregando las plazas fuertes que garantizan su seguridad. Honesto, para que no atente a los derechos de su señor o bien a otras prerrogativas insertas en lo que considera su honor. Util, para que no dañe sus posesiones. Fácil y posible, para que no haga difícil a su señor el bien que podría hacer fácilmente, y a fin de que no haga imposible lo que hubiese sido posible a su señor. Es justo que el vasallo se abstenga de este modo de perjudicar a su señor. Pero con sólo ésto no se hace digno de su feudo, pues no basta con abstenerse de hacer el mal, sino que es necesario hacer el bien. Importa, pues, que en los seis aspectos indicados proporcione fielmente a su señor consilium et auxilium, si quiere aparecer como digno de su beneficio y probar la fidelidad jurada. También el señor debe, en todos sus dominios, pagar con la misma moneda al que le juró fidelidad. Si no lo hiciere sería considerado de mala fe con pleno derecho, al igual que el vasallo que fuese sorprendido faltando a sus deberes, por acción o por omisión, sería culpable de perfidia y perjurio.

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En: Ganshof, F.L., El Feudalismo, Trad. de F. Formosa, Ariel, 7ª Ed., 1982 (1957), Barcelona, pp. 131 y s.

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