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Por: Sóstenes De Hoyos Martínez.
Colegio de Investigaciones Históricas del Centro de Coahuila,
A.C.
En este escrito presentamos la merced de la hacienda de Castaño, cuna de lo que hoy es la Cd. de Castaños, que perteneció a don Domingo de Hoyos, en la cual podemos encontrar nombres de parajes que aún en la actualidad conocemos de la misma forma, así como darnos cuenta de la gran extensión de tierra que tenía esta hacienda, aquí la trascripción que por primera vez se publica:
“En el paraje de Nuestra Señora del Buen Suceso de Castaño,
rancho y labor de D. Domingo de Hoyos como tres leguas de la Villa de Santiago
de la Monclova en 28 días del mes de Abril de 1745 años:
D. José de Castilla y Terán Alférez Real de la
dicha Villa y Juez comisario para esta posesión con comisión
bastante para ello, habiendo visto las citaciones que anteceden paré
con asistencia de las contenidos en dichas citaciones y las de mi asistencia
a este dicho paraje y hécholes saber el contenido de el despacho
del Sr. Juez Privativo de Ventas y composiciones de tierras, aguas baldías
y eriasas de esta Nueva España y del escrito presentado por el susodicho
D. Domingo de Hoyos: ocurrió el Procurador General. de la dicha
Villa de la Monclova con el
asiento fundación y medidas de ella, las que terminaron según
consta en dicho asiento en las laderas del cerro Mercado a la parte del
Poniente en una lomita redonda algo alta que comúnmente llaman del
Castillo y por la del oriente línea recta hasta el río de
dicha Villa; y subiendo de ésta para este dicho rancho, se puso
mojonera entre la mesa y las Lomas de la Caldereta; cuyos linderos de dicha
Villa por estos vientos, terminan en los parajes expresados; y sin embargo
de que entre dichas mojoneras y la Hacienda de San Antonio del Potrero
hay dos mercedes hechas a D. Pedro García (de Rivera) y a D. Diego
Jiménez y no habiendo estas parecido con sus mercedes y aunque lo
hubieran ejecutado se haría dudoso el elegir fijamente sus linderos
por no tener medidas de las tierras que poseen: pasé con los susodichos
y el mencionado Hoyos a la punta de una loma tendida que hace a mano izquierda
del camino que viene de dicha villa para este rancho, que llaman la Piedra
Imán dejando hueco o baldío desde esta hasta las mojoneras
de Norte a Sur; como tres cuartos de legua poco más o menos: y de
dicha Piedra Imán mirando para dicho cerro del Mercado donde nacen
unos peñascos blancos en la cumbre que miran de oriente a Poniente
y asigné por nuevos linderos a cerrar por la falda de dicho cerro
a el Puertecito, mojonera antigua de este dicho rancho y de las tierras
de D. Francisco Flores de Abrego comprendiéndose en este hueco de
dicha Piedra Imán cerro y Puertecito como medio sitio de ganado
mayor poco más o menos del (...) el que en virtud de dicho despacho
y comisión le adjudiqué en nombre de S. Majestad que Dios
guarde al dicho D. Domingo de Hoyos; y por la parte del cañón
le señalé por lindero las tierras que pudiesen tocar y pertenecer
a dicha Hacienda del Potrero por no saber el término de sus linderos
ni haber presentado las partes la merced, títulos y medidas que
de dicha Hacienda tienen por haberme expresado verbalmente no saber de
dichos instrumentos ni su paradero: y así mismo el lindero antiguo
que por este rumbo tiene este dicho rancho y por no haber más tierra
baldía por estos rumbos le señalé y le hice adjudicación
en forma de sitio y medio de ganado mayor pues más o menos que le
faltan al dicho de Hoyos para completar los dos sitios nuevamente mercedaos
por dicho Juzgado Privativo en el propio nombre de su majestad en un Potrerillo
que hace dentro de una abra que sigue su buen del lindero viejo a los cuatro
sitios antiguamente mercedados a la parte.
En cuya virtud en nombre de la católica y real persona de Nuestro
Rey y Señor (Dios guarde) cogí de la mano de dicho D. Domingo
de Hoyos y pasándolo por dichas tierras le metí en posesión
real y personal de dichos cuatro sitios de ganado mayor, dos de menor y
dos caballerías de tierra con el ojo de agua para su regadío
que llaman Castaño con todas los demás chupaderos, abrevaderos,
salitrales, pastos, montes, y demás que dentro de dichos sus sitios
y caballerías se comprendieren; y en señal de dicha posesión,
(sin embargo de tenerla antes aprehendida como consta de su merced arrancó
yerbas, tiró piedras, cavó tierra y la regó con agua
de la acequia y hizo otras notas de verdadera posesión la que tomó
quieta y pacíficamente sin oposición ni contradicción
alguna, hallándose presentes todos los contenidos ya citados que
firmaron conmigo dicho Juez y los de mi asistencia. Y habiéndome
presentado la parte de dicho D. Domingo de Hoyos me sirviere declarar los
linderos antiguos de este dicho rancho lo asenté por diligencia
en la forma siguiente: Por la parte del Oriente la boca del cañón
que va del Potrero por el Senderito por las vertientes del cerro del Chiltipín
hasta (...) y de aquí mirando al Sur una Cañada o derramadero
que entra al paraje que llaman el cerro de los Alamillos nombrada San Lorenzo;
y de allí para el Poniente a una lomita que esta frente e inmediata
al charco redondo que divide el camino real y de aquí por la parte
del Poniente volteando del Noroeste por la cañada al derramadero
inmediato al camino hasta el ojo de agua de este rancho y desde ésta
para el Norte a una lomita blanca que está en la falda del cerro
del Mercado que divide estas tierras y la de d. Juan Flores; corriendo
por dicha falda bordeando por el llano en la orilla del camino a la punta
de la loma de la Piedra Imán ya citada; y de aquí a cerrar
a la boca de dicho cañón o linderos de dicha Hacienda del
Potrero. De cómo quiera que los expresados tres cuartos de legua
poco más o menos que se hallan baldíos y eriasos entre las
mojoneras de la Villa de la Monclova, de este rancho y demás expresados
hacenderos no se pueden encomendar a ninguno de los contenidos por no saber
cómo va dicha mención de sus mercedes ni a dónde terminan
ni tienen sus mojones, he tenido a bien se queden adjudicadas al Real Patrimonio
dichos tres cuartos de legua por no saber a quién deben resueltamente
pertenecer; ínterin se deberán los linderos de las mercedes
ya citadas y a quien en derecho deben tocar y para que en todo tiempo conste
lo puse por diligencias y devuelvo estos autos al Sr. Gobernador como se
manda para que en su vista determine lo que fuere de su agrado. Así
lo decreté.”1
Más adelante nos encontramos en el extenso y rico archivo municipal de Monclova una lista de vecinos herederos de la Hacienda de Castaño, indicándonos la cantidad de reses y bueyes que tenían cada persona:
“Lista de los vecinos herederos de la Hacienda de Castaño.
D. Andrés De Hoyos. veinte reses
D. Diego Montemayor. doscientas reses
D. José Menchaca. declara tener diez reses
Dña. María de Hoyos. siete reses
D. José Rodríguez. seis reses
D. Domingo de Hoyos. diez y seis reses
D. Manuel de Hoyos. seis reses
D. Francisco de Hoyos. cinco reses
D. Juan José Maldonado. tres yuntas de bueyes
Y varios de la villa que no se conocen sus dueños.
Sr. teniente de gobernador D. Juan Ignacio Arizpe habiéndome Usted mandado un decreto del señor comandante general para que me hiciera cargo de él y le diera cuenta de todos los parcioneros quienes tuvieran reses o cuántas cada uno, se me cargó y le mando a Usted esa lista para gobierno de Usted, también notifico a Usted que para mayor gobierno mío y darle cuenta a usted ensillé mi caballo anoche y fui con Sr. Dn. Diego y le supliqué que me diera un mozo para que fuera a velar los maíces y le di orden que todo lo que cayera fuera mío o de Sr. Dn. Diego o de todos dueños, lo juntara y se encerrara para saber de quiénes eran y lo encerraron y me dieron cuenta, fui y lo vi y noticio a Usted que entraron cuatro reses de D. José Menchaca una de los Figueroas y otras de todos dueños que no conocí.
Sr. el motivo de que estas reses hagan daño conocido el poco
o ningún desvelo en la cerca verificado está con el inválido
José Javier Rodríguez tres años que sembró
en aquellas labores y jamás tuvo daño ninguno.
Sr. Teniente Dn. Juan Ignacio también noticio a Usted para mi
gobierno que me dirija Usted una orden para notificarles a los de arriba
para que dejen de piscar por que todos están piscando el maíz
verde.
Dios Nuestro Señor guarde a Usted muchos años.
Su servidor que Sus Manos Besa.
Firma
Andrés de Hoyos
28 de Noviembre de 1806.”2
1 Archivo Municipal de Monclova, AMMVA, Fondo Dr. Regino F. Ramón,
caja 5, Fólder 4.
2 Ibid. Fondo Siglo XIX, Caja 9, F. 10, Exp. 151 de 18 de Noviembre
de 1806.
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