WATCHTOWER
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ECB:ECQ 27 de Agosto, 1998
L. BUSTER Querido Amigo:
Nos complace contestar a su carta recibida en Agosto 6 1998. Usted nos pregunta sobre las creencias de los Testigos de Jehová respecto de las transfusiones de sangre, y si nuestra posición ha cambiado en vista del acuerdo amigable alcanzado entre los Testigos de Jehová y el Gobierno de Bulgaria.
Tal como usted efectuó algunas referencias en su carta, a través de toda la Biblia, desde los días del Patriarca antiguo Noé, hasta los escritos de la Iglesia Cristiana primitiva, Dios prohibe la mala utilización de la sangre. En Hechos 15:20, se ordena a los Cristianos “abstenerse … de sangre”. Nosotros continuamos entendiendo que esta incluye el uso de sangre en tratamientos médicos. Por supuesto, con esta posición los Testigos de Jehová evitan la transmisión de enfermedades tales como el SIDA o la hepatitis, a través de las transfusiones de sangre.
Sin embargo, usted pregunta sobre las decisiones recientes en Bulgaria que se refieren a los Testigos de Jehová. El Gobierno de Bulgaria accedió a conceder reconocimiento como religión a la Asociación Cristiana de los Testigos de Jehová en Bulgaria. Esto sucedió debido a que el 9 de Marzo de 1998, la Comisión Europea de Derechos Humanos aceptó los términos del Arreglo amigable entre el gobierno y los hermanos en Bulgaria. Se incluyó en los términos del Acuerdo Amigable la promesa de Bulgaria de incorporar en su legislación, el servicio civil como alternativa al servicio militar. El acuerdo incluye también un reconocimiento en cuanto a que cada individuo tiene la libertad de escoger el tipo de tratamiento médico que recibe.
¿Significa este acuerdo que los Testigos de Jehová han cambiado su posición respecto del tratamiento médico? No. La fraseología que debe incorporarse dentro de los estatutos de la Asociación Cristiana de Testigos de Jehová en Bulgaria, describe la manera en que los Testigos de Jehová han manejado tradicionalmente estos asuntos. Es importante entender que los Testigos de Jehová creen que todas las personas tienen la libertad de determinar las selecciones que efectúan, no solo con relación a tratamiento médico sino con todas las decisiones de la vida, incluyendo la religión. Cada individuo es responsable por sus propias selecciones en la vida y las repercusiones de tales selecciones. Como organización religiosa, nosotros explicamos los parámetros bíblicos, tales como el requisito de abstenerse de sangre, pero depende de cada persona escoger si los sigue o no. Antes que una persona se convierta en Testigo de Jehová, se le explican claramente los requisitos bíblicos. Por supuesto, si algún miembro bautizado de los Testigos de Jehová se compromete en conducta que sale de los parámetros bíblicos, se hacen esfuerzos de manera bondadosa para ayudar a quien procedió erróneamente a recuperarse espiritualmente. Si uno rechaza esa asistencia, y rechaza mantener los requisitos bíblicos sobre el mal uso de la sangre, puede llevar en algunos casos a la acción bíblica de la expulsión. 2 Corintios 5:11-13.
Otra vez, los Testigos de Jehová creen que todas las personas tienen la libertad de determinar las selecciones que efectúan, y el Acuerdo Amigable alcanzado con el Gobierno de Bulgaria, simplemente reconoce ésta libertad de selección. Algunos han malentendido el texto de este Acuerdo, y algunos se han esforzado en desviar este acuerdo, haciéndolo aparecer como un cambio de parte de los Testigos de Jehová. Sin embargo, el acuerdo describe la forma en la cual los Testigos de Jehová han manejado tradicionalmente estos asuntos.
Confiamos en que la información de arriba le será útil. Nos gustaría también asegurarle que su solicitud adicional en cuanto a renovar las suscripciones a las revistas La Atalaya y ¡Despertad! están siendo procesadas en otro Departamento. Con nuestra carta le enviamos nuestros mejores deseos.
PO BOX 2167
WYLIE TX 75098
Watchtower Bible & Tract Society
OF NEW YORK, INC.
COMENTARIOS TJ Info:
¡Sorprendente! Hermanos y amigos, nos hemos quedado sin habla. Analicemos lo que sucedió ante la Comisión Europea de Derechos Humanos. Esta entidad pasó por la vergüenza de avalar o garantizar un acuerdo donde no lo hubo, según la Sociedad. El Acuerdo de Bulgaria no fue tal. La Sociedad Watch Tower ganó sencillamente, y el Gobierno de Bulgaria perdió en todo lo que solicitó. Aquellos que conocen algo de la terminología legal podrían notar muy fácilmente la diferencia. ¿Para qué se llegaba a un Acuerdo Amigable, si lo que debió suceder fue una sentencia anticipada que condenara al Gobierno Búlgaro, y exonerara a la Sociedad?
La Comisión Europea de Derechos Humanos, según la Sociedad bordea la estupidez, la Sociedad no tuvo que ceder en nada, simplemente debe recoger lo obvio, la libertad de la que todos gozamos en la Organización. Notemos como convenientemente la carta de Brooklyn hace caso omiso de la parte en donde se compromete a no ejercer “ningún tipo de control o sanción”.
La explicación que efectúa la Sociedad del Acuerdo alcanzado con el Gobierno de Bulgaria es sencillamente un insulto no solo a Bulgaria, sino a la Comisión Europea de Derechos Humanos. Se dice claramente que nació un único compromiso de este acuerdo, a saber, el Gobierno de Bulgaria debe incluir un mecanismo de servicio civil sustitutivo. Por su parte la Sociedad no está obligada a NADA, entiéndase bien a ¡NADA!, pues la libertad de selección es OBVIA, y es la forma “tradicional” de manejar los asuntos.
La manera que tiene la Sociedad de bordear la terminología del Acuerdo, es sencillamente ilegal. Hermanos y amigos, NO EXISTE acuerdo donde no existen compromisos, al menos bilaterales. Si la parte comprometida es solo una, no habrá acuerdo, habrá un compromiso unilateral, y el derecho internacional contiene diferentes mecanismos para expresar tal circunstancia, muy diferentes a los que denota la terminología “Acuerdo Amigable”.
Sobra en este momento profundizar sobre el doble discurso de la Sociedad, el de hacer creer a los demás que no hay problema alguno, que todos somos libres de escoger, y al interior seguir manteniendo mecanismos absurdos de control como la expulsión.
Para quienes son bastante analíticos, quisiéramos subrayar otro aspecto de la carta de Brooklyn, y es el hecho que implícitamente afirma que la libertad de selección va hasta el momento en que uno decide o escoge religión. En otras palabras: “Uno es libre de escoger religión, una vez la escoja, pues a someterse a sus reglas”. Veladamente se reconoce que la libertad termina cuando se escoge la religión.
Quisiéramos finalmente propiciar y enfatizar el argumento legal que tanto ha usado la Sociedad en cuanto al “Consentimiento Informado”, es claro que la gran mayoría de los Testigos no conocen las enormes contradicciones internas que se presentan en la prohibición de la sangre (nótese que ni siquiera trataron de explicar la doctrina), y por ello el consentimiento, o mejor rechazo que efectúen los testigos no proviene realmente de un conocimiento claro y explícito de los asuntos involucrados, y esto en la mayoría de los países no solo es antiético sino ilegal.
Hermanos, por favor enviemos esta “joya” de la doble enseñanza de la Sociedad a las Embajadas y Consulados de Bulgaria en nuestros países, enviémosla a la COMISIÓN EUROPEA DE DERECHOS HUMANOS, con seguridad se sorprenderán del alcance, o mejor la inutilidad, con que la Sociedad quiere explicar el acuerdo. Hagamos lo mismo con los medios de comunicación: La contradicción entre lo que CLARAMENTE dice el texto de la Comisión Europea y lo que se explica en esta carta es protuberante y evidente.
Los invitamos a revisar nuevamente la posición oficial de la Sociedad Watch Tower cuando se recibe una transfusión de sangre. ¿Qué ocurre si un testigo acepta una transfusión sanguínea?